Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • CONSULTA SOBRE CARTA DOCUMENTO!!!

  • Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1196238  por Florenvallaud
 
Hola, no se si este es el medio, estoy cursando la carrera de Abogacía en la UBA pero tengo una duda importante y no tengo los conocimientos necesarios para contestarla, si en una entidad escolar estatal se lastima un menor en una actividad que estaba en la currícula, los profesores y directivo se encargan de llamar a los padres, de llamar a la ambulancia, se hicieron cargo de todo, le ofrecieron el seguro escolar a la madre, la cual lo rechazo, pasa aproximadamente un año y la madre del menor envía una carta documento directo hacia el directivo intimando a que le responda cuales son los datos del Seguro, Número de Siniestro, o en caso de su no respuesta podrá iniciar acciones civiles, penales con respecto al artículo 1767 del C.C.C.; el directivo se lo comunicó a su inspector/a, le dijo que debía enviar una carta correspondiente a sus superiores para solicitar representación legal; la pregunta es:
¿Debería contestar la carta documento aclarando que es improcedente, que no hay tales datos porque no acepto el seguro, lo cual se puede probar mediante el acta que lo aclara?
¿El silencio y la no respuesta podría perjudicar al directivo?
Muchas gracias :shock:
 #1196240  por Picasa
 
Hay que ver que reclama, seguramente la reparación integral.Cuando decis que rechazó el seguro te referis a que rechazó el ofrecimento indemnizatorio que le hizo el seguro? porque no está obligada a aceptarlo.
sdos
 #1196243  por Florenvallaud
 
Me asesore mejor sobre ese tema, el caso entro con los datos al seguro en el periodo correspondiente, cuando se la cito a la madre a firmar para recibir el dinero, se nego. El directivo entrego los papeles con los datos a los superiores correspondientes, no tiene el número de siniestro para otorgar, no debería la madre del menor contactarse con el organismo superior? Debería el directivo contestar la carta documento de una manera simple diciendo que es improcedente lo que le piden? Si no la contesta imagino que es perjudicial para el directivo en lo personal.
 #1196244  por Florenvallaud
 
Picasa escribió: Vie, 23 Mar 2018, 14:56 Hay que ver que reclama, seguramente la reparación integral.Cuando decis que rechazó el seguro te referis a que rechazó el ofrecimento indemnizatorio que le hizo el seguro? porque no está obligada a aceptarlo.
sdos
Lo que pide en la carta documento, es el número de siniestro, companía aseguradora, directivo a cargo ese día y profesores.
¿Se puede contestar algo así?
Rechazo por improcedente su carta documento Nº........., fecha............, recepcionada el día.......Reservo derechos y acciones. Queda Ud. notificado.
 #1196646  por Picasa
 
Si hay una póliza que cubre el siniestro porque no le vas a responder cual es la aseguradora que lo cubre.Si justamente sel colegio contrata el seguro para no responder con su patrimonio.Ahora respecto a los profesores que estaban a cargo, etc. yo no respondería eso. De última los citarán a todos en la mediación-Es mi opinión
 #1197283  por agapearg51
 
No sé de donde sea el colegio, pero si es de Pvcia de Bs As, el seguro escolar es contratado por la Dirección General de Cultura y Educación, nunca por los establecimientos educativos.
La Directora actuó acorde a reglamento, el nene se accidentó 1) llamó a los padres 2) llamó ambulancia 3) superada la atención inicial seguramente ofreció el seguro escolar.. La madre se negó a aceptarlo, y para ello existe un acta en el Libro de Actas del Colegio .. Al rechazar la madre la intervención del seguro, NO se hace la denuncia por lo que no existe Nº de siniestro .. Por otro lado reclamar esto un año después, demuestra la mala fe del familiar que en un primer momento lo rechazó ..
La directora debería responder la CD rechazándola en todos su términos por improcedente y extemporánea..
y esperemos que si hay inicio de acciones legales, la DGCyEd se haga cargo, porque habitualmente se lavan las manos, y dejan a los directivos en angustiosa soledad.. *suerte*