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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1197551  por caru
 
Buenos dias: tengo una dudaaa!! Voy x la empleadora/fallecida
-Ley de casas particulares, cuidado de personas
-Extincion de trabajo por fallecimiento de la persona cuidada. art 46 (le corresponde el 50 % de la Antiguedad, y no de una liquidacion por despido?)

y habiendo acuerdo, entre la empleada y el heredero en abonar una liquidacion, en Pcia de Bs. As, hay acuerdos espontaneos??
Tambien se me ocurrio que una vez aceptada la propuesta, envie telegrama de renuncia.
ya que hacer un escrito tipo Acuerdo Espontaneo, firmado entre las partes, luego no seria oponible en caso de alguna controversia (aparte podrian exigir multas)

No se como instrumentarlo!! Ayuda, muchas gracias
 #1197653  por Emma2011
 
caru escribió: Lun, 09 Abr 2018, 21:43 hola gracias por tu respuesta, pero voy por la empleadora!. y la trabajadora de casa particular, no estaria registrada. La idea es cerrar con un broche legal. Tampoco hay conflictos actualmente sobre montos.-
Cerrar con un broche legal...y todos los aportes que no le hicieron?...
 #1197671  por MARIO1943
 
caru escribió: Lun, 09 Abr 2018, 21:43 hola gracias por tu respuesta, pero voy por la empleadora!. y la trabajadora de casa particular, no estaria registrada. La idea es cerrar con un broche legal. Tampoco hay conflictos actualmente sobre montos.-
SI NO ESTA REGISTRADA, LE CORRESPONDE EL DOBLE DE LA INDEMNIZACION ART 50
 #1197698  por lucky
 
Los acuerdos espontáneos, en caso de acuerdo entre empleador y trabajador, se hace desde hace años en el Tribunal del personal de casas particulares. En la página del MTSS están los formularios y los requisitos del acuerdo.
Lo que nunca se implementó es la "conciliación previa", aunque hace unos días se designó el Director de ese servicio por lo que entiendo debería ser inminente.
 #1197719  por caru
 
lucky escribió: Mié, 11 Abr 2018, 14:21 Los acuerdos espontáneos, en caso de acuerdo entre empleador y trabajador, se hace desde hace años en el Tribunal del personal de casas particulares. En la página del MTSS están los formularios y los requisitos del acuerdo.
Lo que nunca se implementó es la "conciliación previa", aunque hace unos días se designó el Director de ese servicio por lo que entiendo debería ser inminente.
gRACIAS POR RESPONDER. SABIA QUE EN CAPITAL Y ASIMISMO EN SAN ISIDRO. (INCLUSIVE EN LA WEB ESTAN LOS FORMULARIOS) PERO NO SE SI ESTA IMPLEMENTADO EN TODAS JURIDICCIONES (QUE NO CONOSCO). BAJARE LOS F. DEL CASI Y VOY A AVERIGUAR ENTONCES ADONDE DIRIGIRME. MIL GRACIAS
 #1197726  por caru
 
ALGUNO TIENE MODELO DE ACUERDO POR EXTINCION DE CONTRATO (NO REGISTRADO, POR FALLECIMIENTO EMPLEADOR) ENTRE EMPLEADO E HIJO DE EMPLEADORA, PARA QUE PUEDA SER HOMOLOGADO.
O BIEN, LA EXPERIENCIA EN PCIA CON ESTOS ACUERDOS, SI SON RAPIDOS, EXPEDITIVOS Y VIABLES DE ESTA MANERA.
LA REALIDAD ES Q SI MI CLIENTE NO PUEDE DEJAR ASENTADO QUE ESTA ABONANDO A LA EMPLEADA DE LA MADRE...NO QUIERE ARRIESGARSE. (Y TAMPOCO CREO Q HABRA SUCESION.)