Buenos dias: tengo una dudaaa!! Voy x la empleadora/fallecida
-Ley de casas particulares, cuidado de personas
-Extincion de trabajo por fallecimiento de la persona cuidada. art 46 (le corresponde el 50 % de la Antiguedad, y no de una liquidacion por despido?)
y habiendo acuerdo, entre la empleada y el heredero en abonar una liquidacion, en Pcia de Bs. As, hay acuerdos espontaneos??
Tambien se me ocurrio que una vez aceptada la propuesta, envie telegrama de renuncia.
ya que hacer un escrito tipo Acuerdo Espontaneo, firmado entre las partes, luego no seria oponible en caso de alguna controversia (aparte podrian exigir multas)
No se como instrumentarlo!! Ayuda, muchas gracias
-Ley de casas particulares, cuidado de personas
-Extincion de trabajo por fallecimiento de la persona cuidada. art 46 (le corresponde el 50 % de la Antiguedad, y no de una liquidacion por despido?)
y habiendo acuerdo, entre la empleada y el heredero en abonar una liquidacion, en Pcia de Bs. As, hay acuerdos espontaneos??
Tambien se me ocurrio que una vez aceptada la propuesta, envie telegrama de renuncia.
ya que hacer un escrito tipo Acuerdo Espontaneo, firmado entre las partes, luego no seria oponible en caso de alguna controversia (aparte podrian exigir multas)
No se como instrumentarlo!! Ayuda, muchas gracias
DRACARU