no hay una forma para calcularlo, por empezar: lo acusaron de tentativa de hurto en una causa penal, o el patron lo acuso con esas palabras?.
en el primero de los casos podria originar daño moral, en el segundo no creo que prospere ese rubro. si bien en materia laboral el daño moral puede ser reclamado, ello es excepcional en el caso de los despidos, donde mas puede darse es en el caso de las enfermedades y accidentes laborales por el sufrimiento que padece el actor, y en este caso si puede haber un calculo uniforme: el 20% del daño material.
pero en los despidos cuando se abre una causa penal y luego la persona termina sobreseida es el juez quien ameritará la viabilidad o no del daño moral, lo podes pedir pero quizas el juez no te lo de, como que puede que si por la angustia que tuviste que afrontar hasta lograr el sobreseimiento.