No hago previsional. Una colega que sí lo hace, contra mis recomendaciones de que suscriba convenios por honorarios, hoy la encuentra un cliente que se niega a pagar lo reglado mediante Art. 5 Dec-Ley 17040.- intimé al deudor mediante carta documento que no fue a retirar al correo.-
Estoy intentando iniciar una acción de cobro en provincia de Bs. As. (domicilio del deudor).-
Entendiendo que en el expediente administrativo de Anses NO EXISTE REGULACIÓN DE HONORARIOS, es de Perogrullo que no puede haber Ejecución de honorarios, entonces la pregunta es: Debo intentar Mediación obligatoria como Cobro ordinario de sumas de dinero (Cód. 4)? o en su defecto Cobro sumario de sumas de dinero (Cód. 109)? para luego continuar -de no mediar acuerdo- con el juicio en CyC.? O entienden que hay otras posibilidades a explorar?
Quedo a la espera de vuestras indicaciones, críticas y opiniones, además de atender todo tipo de proposiciones no contempladas supra. Desde ya muchas gracias a todos.-
Estoy intentando iniciar una acción de cobro en provincia de Bs. As. (domicilio del deudor).-
Entendiendo que en el expediente administrativo de Anses NO EXISTE REGULACIÓN DE HONORARIOS, es de Perogrullo que no puede haber Ejecución de honorarios, entonces la pregunta es: Debo intentar Mediación obligatoria como Cobro ordinario de sumas de dinero (Cód. 4)? o en su defecto Cobro sumario de sumas de dinero (Cód. 109)? para luego continuar -de no mediar acuerdo- con el juicio en CyC.? O entienden que hay otras posibilidades a explorar?
Quedo a la espera de vuestras indicaciones, críticas y opiniones, además de atender todo tipo de proposiciones no contempladas supra. Desde ya muchas gracias a todos.-
El secreto de la felicidad es la libertad. Pero el secreto de la libertad es el coraje. SOCRATES.-