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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1199119  por astur
 
Estimados, como lo encararian?
Empleada en negocio de ropa, vendedora.
Trabaja hace 6 años. Preocupacional OK.
Hace 4 años, tuvo un accidente, se le cayo un mueble sobre el cuerpo.
Moretones y dolor en la espalda, la mandaron a la ART y a la semana a trabajar, incapacidad cero.
Llegamos al 2018, la tuvieron que operar dos veces de la espalda, en reposo medico por dos semanas.
La idea de la empleada, es provocar la ruptura laboral, porque, tambien, hay remuneraciones sin registrar.
Dudas:
El accidente fue hace 4 añso, ya esta prescripto? o por las secuelas "renace"?
En la intimacion por la correcta registracion, lo menciono? o solo hago referencia a la deficiente registracion?
Recordar, que en este principio de intercambio telegrafico, estaria con licencia medica.
Aguardo opiniones.
 #1199203  por MORGAN
 
de que la operaron? tiene relación con el trabajo? cuanto tiempo hace desde la primer operación que mencionás?
 #1199221  por astur
 
MORGAN escribió: Dom, 29 Abr 2018, 18:32 de que la operaron? tiene relación con el trabajo? cuanto tiempo hace desde la primer operación que mencionás?
MORGAN, el accidente fue en el 2014, la operaron en el 2018 (en marzo y en abril).
La operacion es de la espalda, por secuelas del golpe y por manipular bultos pesados, cajas y reposicion de mercaderia en los locales.
entiendo que tiene relacion de causalidad la operacion con la tarea.
MI duda, es como encararlo.
 #1199386  por astur
 
Alguna idea, de como encarar el tema?
Gracias
 #1199422  por MORGAN
 
alegá incapacidad por enfermedad ó enfermedad accidente laboral. no digas nada del antiguo accidente en el que dijeron incapacidad cero. el cómputo de la prescripción corre desde que toma conocimiento de la incapacidad, tenés que hacerte de un informe de un médico legista para saber donde estás parado y si vale la pena el reclamo. nunca se dice nada sobre que fue un accidente (salvo casos notorios ej. se amputó una mano etc) sino que se trata de una enfermedad del trabajo porque sino la prescripción empieza desde el "accidente" se entiende?
 #1199431  por astur
 
MORGAN escribió: Mié, 02 May 2018, 20:39 alegá incapacidad por enfermedad ó enfermedad accidente laboral. no digas nada del antiguo accidente en el que dijeron incapacidad cero. el cómputo de la prescripción corre desde que toma conocimiento de la incapacidad, tenés que hacerte de un informe de un médico legista para saber donde estás parado y si vale la pena el reclamo. nunca se dice nada sobre que fue un accidente (salvo casos notorios ej. se amputó una mano etc) sino que se trata de una enfermedad del trabajo porque sino la prescripción empieza desde el "accidente" se entiende?
Morgan, muchas gracias!!!!!