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  • LEGITIMACION ACTIVA - DAÑOS AUTOMOTOR

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 #1198445  por Lan
 
Hola colegas, como están? les cuento, inicie un juicio por daños a un auto en una cochera.- Al momento de daño el auto estaba a nombre del padre de mi cliente (y el hijo tenia el uso, sucedió en su cochera) y luego (a los 15 días) se hizo transferencia a nombre del hijo, que ademas es quien pago los arreglos. Yo en la demanda, ya que eran padre e hijos presente a ambos, uno como titular y otro quien tenia el uso y es al momento de la demanda el actual titular y quien pago el arreglo, ademas se constato con escribano que uno de los días del daño (fueron varios días) el auto lo tenia el hijo en la cochera suya....la mayoría de las demandadas no dijeron nada al respecto, una sola me plantea la falta de legitimación activa porque dice que todo lo puede reclamar solo el titular....pregunto a ver si leí ok....art 1772 CCyCN (antes 1100) la legitimación es amplia? puede reclamar, titular, poseedor o mero tenedor de buena fe...es así? y debo probar algo? cédula azul, etc? o con la sola acta ante escribano pruebo el uso mas testigos? GRACIAS A TODOS!!!!!
 #1198453  por legalescom
 
Exacto, el articulo citado, lo habilita expresamente.Además, por testigos y acta ante escribano, como titularidad posterior, presupuestos, recibos etc. sería, más que suficiente, la prueba al respecto.
 #1198454  por Lan
 
Muchas gracias legales, viste que igual un poco de miedo te da hasta que lees todo bien jajaja! cédula azul a la época de titularidad del padre, es necesaria??? porque yo acompañe el titulo actual, el histórico (aparece primero el padre y actualmente el) e informativa al registro, pero cédulas ninguna....que decís? y otra cosa, el hecho que haya presentado a ambos como actores (en un solo y mismo reclamo) no pasa nada, no??? Graciasss
 #1199559  por Lan
 
Perdón colegas, retomo la duda del inicio.....el art 1772 CCyCN (ex 1110 CC) sirve lo que me han mencionado respecto de la legitimación activa aunque los daños hayan sucedido en una cochera (titularidad del USUARIO O TENEDOR del automotor, no del titular registral -son padre e hijo-), y no sea un accidente de transito, si no una inundación de una rotura de caño de vereda la que genera el daño en el vehículo? Muchas gracias!!!
 #1199661  por Lan
 
Agrego mas, no importa que haya presentado a ambos (titular-padre) y usuario (hijo)?? porque me plantean la falta de legitimación activa fundada en que el hijo no era titular...pero no dice mucho mas (y el titular también esta presentado), el hijo pago los arreglos y hoy es titular del automotor (pago los arreglo cuando ya era dueño), paso a su titularidad muy pocos días después del daño. Gracias a todos!