Real escribió: ↑Mié, 09 May 2018, 19:00
en datos para el pago se podrá?
SI ES PROMOVIDO, LO AJUSTA EL 20/01/2019
ID 11914399
¿En qué consiste la cuota de inclusión social?
12/01/2011 12:00:00 a.m.
Los trabajadores independientes promovidos deberán ingresar, hasta el día 20 de cada mes, un importe equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de las operaciones facturadas durante el mes anterior, a cuenta de los aportes con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), a cuyo efecto deberán utilizar la credencial para el pago formulario F. 157, la que será presentada ante cualquiera de las entidades bancarias habilitadas.
Cuando la cantidad de meses cancelados sea inferior a aquellos a los que el trabajador independiente promovido permaneció en el presente régimen, podrá optar por ingresar las cotizaciones correspondientes a los meses faltantes o su fracción -al valor vigente al momento del pago-, para ser considerado aportante regular.
Estos importes podrán ser ingresadas hasta el día 20 de enero, inclusive, inmediato siguiente al de la finalización de cada año calendario, presentando el volante de pago formulario F. 155, cubierto en todos sus campos, ante la entidad bancaria habilitada por este Organismo. El tique que entregue esta última será el comprobante de pago.