hola, me había olvidado de este post, si leiste los anteriores comentarios del tema, de seguro te sentis confundido respecto del despido verbal, la ley dice que el despido debe ser cursado en forma fehaciente, por ende un despido verbal, no lo es, esto es lo que quise decirles a los otros colegas, pero en fin, ellos dicen que si el trabajador dice en su epistolar que fue despedido verbalmente, ahi mismo se configura el despido, yo disiento, pero por lo visto soy la única que piensa diferente, voy a intentar explicarte porque lo considero así, la mayoría de los telegramas que se envian intimando aclaración de situación laboral, se expresa: ante negativa de tareas, pero puede ocurrir que el empleador le diga al trabajador que ya no trabaja mas y que está despedido, que ocurriría si el trabajador se considera despedido en ese momento y no espera la notificación del despido, o no intima se aclare la situacion laboral? podría ocurrir que el empleador le diga, que aun sigue trabajando, y que no ha sido despedio, yo creo que la ley es clara en el sentido de que para que se considere valido el distracto, se opere por la notificacion del despido o luego de intimar aclaracion de situación existe un silencio, o una negativa, o que el trabajador se sienta injuriado y por ende despedido por el despido verbal, no se si se entendió, algunos juzgados suelen tener en cuenta el despido verbal, para tener a esa fecha como la del distracto, pero bueno, tal vez los otros que postearon puedan explicarte mejor
Dra. Gomez Carola