Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DUDA CON CERTIFICADO DE DOMINIO E INHIBICION

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1201649  por IVANMKTRES
 
Buenas colegas! Ando con una duda a ver si alguno la tiene clara o paso por una situación asi. Resulta que estoy viendo de comprar una propiedad, como sabran necesito los informes del asunto para el escribano y hacer la respectiva escritura. Ahora mi cuesiton es la siguente, yo voy a dar un adelanto y voy a pagar cuotas. Por lo que seria un adelanto de x monto y al cabo de 10 meses que termino de pagar y procederia la escritura. Mi cuestion es... Al hacer el boleto de compra venta yo doy el adelanto y despues vamos al escribano a certificar firmas. Pero no le voy a pagar al martillero los informes porque los hago yo directamente en la web rpba.
Como es al solo efecto de certificar firmas, al escribano no le sirven los informes respectivos cierto?
Solo Serían para yo comprobar el estado del titular y del inmueble?
Teniendo presente que estarian vencidos para el momento de escriturar y deberia hacerlos otra vez. Tengo que llevarle los informes en papel o puedo mandarles los pdf con firma digital al escribano?
Se que es medio complicado pero es la primera vez que compro un inmueble y el hecho de escriturar al terminar el pago lo dificulta mas todavia. Muchas gracias y cualquier ayuda será bienvenida *cafe*
 #1201654  por legalescom
 
Vos, lo que vas a pedir son informes de dominio, inhibiciones y cesiones, que te servirán para comprobar la titularidad y capacidad para disponer el bien. El certificado de dominio, que pide el escribano, es más que un informe, ya que con él, se impide toda otra transferencia, que no sea la que hace el escribano con su escritura. ¿Capisce?
 #1201678  por IVANMKTRES
 
legalescom escribió: Jue, 31 May 2018, 18:17 Vos, lo que vas a pedir son informes de dominio, inhibiciones y cesiones, que te servirán para comprobar la titularidad y capacidad para disponer el bien. El certificado de dominio, que pide el escribano, es más que un informe, ya que con él, se impide toda otra transferencia, que no sea la que hace el escribano con su escritura. ¿Capisce?
Muchas gracias por tu respuesta legales! Exacto, yo los pido solo para mi, ya que cuando necesite hacer la transferencia los tiene que hacer el escribano si o si cierto? Ya que ahora solo vamos a certificar firmas y el escribano no los necesita?
 #1201708  por sugo
 
Hola como estas? Si el boleto lo vas a redactar vos y solo vas a la escribania al solo efecto de certificar las firmas, no te van a pedir nada, al momento de escriturar el escribano obrante es quien pide los certificados.
 #1201725  por IVANMKTRES
 
sugo escribió: Vie, 01 Jun 2018, 02:45 Hola como estas? Si el boleto lo vas a redactar vos y solo vas a la escribania al solo efecto de certificar las firmas, no te van a pedir nada, al momento de escriturar el escribano obrante es quien pide los certificados.
Mil gracias por responder sugo, el boleto lo va a redactar la inmobiliaria, si veo que me lo quiere cobrar lo redacto yo, aunque deduzco que la redaccion del boleto entra en la comision que cobran. Total no necesitan los informes para hacer el boleto cierto? Ahora teniendo presente que los informes tienen vencimiento, tengo que sacar otros para la escritura o los tiene que sacar el escribano si o si? Mas que nada por el formato papel o el pdf con firma digital. Estuve viendo que nosotros podemos hacer informes pero el escribano hace el certificado
 #1201730  por sugo
 
IVANMKTRES escribió: Vie, 01 Jun 2018, 11:16
sugo escribió: Vie, 01 Jun 2018, 02:45 Hola como estas? Si el boleto lo vas a redactar vos y solo vas a la escribania al solo efecto de certificar las firmas, no te van a pedir nada, al momento de escriturar el escribano obrante es quien pide los certificados.
Mil gracias por responder sugo, el boleto lo va a redactar la inmobiliaria, si veo que me lo quiere cobrar lo redacto yo, aunque deduzco que la redaccion del boleto entra en la comision que cobran. Total no necesitan los informes para hacer el boleto cierto? Ahora teniendo presente que los informes tienen vencimiento, tengo que sacar otros para la escritura o los tiene que sacar el escribano si o si? Mas que nada por el formato papel o el pdf con firma digital. Estuve viendo que nosotros podemos hacer informes pero el escribano hace el certificado
Para el boleto solo necesitas informes que los puede pedir cualquiera, para basicamente asegurarte que el inmueble no está embargado, que esté a nombre de la persona que te vende, y que la misma no esté inhibida. Para la escritura se piden CERTIFICADOS que los pide si o si el escribano/a.-
 #1201733  por IVANMKTRES
 
Mil gracias colega, entonces busco los informes por mi cuenta y cuando tenga que escriturar busco al escribano para que el haga los certificados. Alguna recomendacion para la certificacion de firma como para que no se me escape?