Buenas Tardes, tengo una inquietud: Si presento un reclamo en la SRT, representando a mi cliente, para lo cual dejo fotocopia de mi credencial, con las demas documentacion que te solicitan por estar disconforme con la incapacidad -que en este caso, no se fijo-, una vez citado para Junta Medica y luego de que se dictamine la incapacidad, se determina honorarios en dicho dictamen? o se los tengo que reclamar directamente a la ART. Hasta ahora hice 2 reclamos administrativos de este tipo, pero siempre percibi honorarios de mi cliente, perdon, quizas halla una obviedad, pero la duda la tengo, podrian orientarme con sus opiniones, por favor?