https://garciaalonso.com.ar/exclusion-d ... reditaria/
ahora bien leyendo ese fallo "la voluntad unilateral de uno de los cónyuges, es suficiente para obtener una sentencia de divorcio. Del mismo modo una única voluntad de no reanudar la convivencia para que se produzca la exclusión de la herencia también es suficiente (conf. Lia Castells, Lucrecia Fabrizi, “La separación de hecho y la Exclusión de la vocación hereditaria entre cónyuges”)"
y continua...... En el caso la presentación efectuada por ambos cónyuges solicitando su divorcio vincular, más allá del dictado de la sentencia refleja su clara voluntad de no continuar con una vida en común .
salvo q puedas decir q despues de la audiencia , se miraron a los ojos, y el amor revivió nuevamente.. y convivieron..
q no llegaron a un acuerdo en la audiencia porq seguían amándose como el primer día ( mira mucha novela) etc etc etc, lo veo complicado..
ahora lei fallos donde dice q para iniciar un juicio sucesorio debes estar legitimado y eso se hace teniendo vocacion hereditaria..
https://garciaalonso.com.ar/legitimacio ... -sucesion/.
PERO Y LOS ACREEDORES?
porq es muy por arriba y debo estudiar el tema.. legitimación quizas pueda llegar a tener.. y no vocacion hereditaria..(quizas este flasheando)