Téngase presente la
prescripción
opuesta en los términos del art. 82 de la Ley
18.037 y hágase saber a quien acciona que dentro del quinto día podrá, de considerarlo
estrictamente necesario, formular respecto de ella el responde que entienda
imprescindible a la hora de resolver en definitiva.
La defensa de
cosa juzgada
eventualmente deducida por la demandada será
analizada al momento de resolver en definitiva y sobre la base de las constancias
documentales anejadas a la causa.
De las
demás excepciones eventualmente deducidas
, córrase traslado a la
actora por el término de ley y hágase saber a las partes que todas las que no requieran,
por las circunstancias particulares de la causa, un previo y especial pronunciamiento,
serán resueltas al momento de resolver en definitiva.
Previo a todo trámite, córrase vista al Representante del Ministerio Público.
NOTIFIQUESE
Les copio parte de un proveido anticipatorio de un juicio de reajuste. (el primero)
Como sigo, me notifico personalmente?
Es necesario contestar la formulacion de prescripcion del art 82? (es la unica excepcion que plantea anses)
En el escrito en el cual me notifico personalmente, que pido? que se declare como de puro derecho y se dicte sentencia?
Toda orientacion, es bienvenida.!!!
prescripción
opuesta en los términos del art. 82 de la Ley
18.037 y hágase saber a quien acciona que dentro del quinto día podrá, de considerarlo
estrictamente necesario, formular respecto de ella el responde que entienda
imprescindible a la hora de resolver en definitiva.
La defensa de
cosa juzgada
eventualmente deducida por la demandada será
analizada al momento de resolver en definitiva y sobre la base de las constancias
documentales anejadas a la causa.
De las
demás excepciones eventualmente deducidas
, córrase traslado a la
actora por el término de ley y hágase saber a las partes que todas las que no requieran,
por las circunstancias particulares de la causa, un previo y especial pronunciamiento,
serán resueltas al momento de resolver en definitiva.
Previo a todo trámite, córrase vista al Representante del Ministerio Público.
NOTIFIQUESE
Les copio parte de un proveido anticipatorio de un juicio de reajuste. (el primero)
Como sigo, me notifico personalmente?
Es necesario contestar la formulacion de prescripcion del art 82? (es la unica excepcion que plantea anses)
En el escrito en el cual me notifico personalmente, que pido? que se declare como de puro derecho y se dicte sentencia?
Toda orientacion, es bienvenida.!!!