Buenas colegas...acabo de armar una información sumaria para presentar en un juzgado de paz (provincia), para acreditar una convivencia "post mortem" (el hombre falleció en un accidente laboral)...y la pregunta es...TENGO QUE CITAR COMO TERCEROS A ANSES...EMPLEADOR Y A.R.T.??? porque lo que reclamaría posteriormente es la pensión, la indemnización de la Ley de Contrato de Trabajo y la de la Ley de Riesgos de Trabajo...o no hace falta? gracias al que me oriente!!
carpediem777 escribió: ↑Jue, 21 Jun 2018, 13:44 Buenas colegas...acabo de armar una información sumaria para presentar en un juzgado de paz (provincia), para acreditar una convivencia "post mortem" (el hombre falleció en un accidente laboral)...y la pregunta es...TENGO QUE CITAR COMO TERCEROS A ANSES...EMPLEADOR Y A.R.T.??? porque lo que reclamaría posteriormente es la pensión, la indemnización de la Ley de Contrato de Trabajo y la de la Ley de Riesgos de Trabajo...o no hace falta? gracias al que me oriente!!convivencia post mortem? dificil que anses acepte,para otorgar pension,hace poco me rebotaron un tramite por solo tener informacion sumaria,ya qe no contaba con ninguna otra prueba que acreditara la convivencia