Estimados colegas, espero se encuentren bien;
Me surge la siguiente duda que espero puedan despejar: entiendo que en el Código Velezano las deudas por expensas prescribían a los 5 años; luego, con la actualización al CCC, pasaron a prescribir a los 2 años;
No obstante, el CCC aclara que las deudas aún no prescriptas al 1/8/2015, van a continuar con su plazo prescriptivo original.
Es decir, una deuda surgida el 1/6/2014, prescribirá en el 2019, mientras que una deuda surgida el 1/9/2015 prescribirá en el 2017: estoy en lo cierto?
Desde ya, muchas gracias.
Me surge la siguiente duda que espero puedan despejar: entiendo que en el Código Velezano las deudas por expensas prescribían a los 5 años; luego, con la actualización al CCC, pasaron a prescribir a los 2 años;
No obstante, el CCC aclara que las deudas aún no prescriptas al 1/8/2015, van a continuar con su plazo prescriptivo original.
Es decir, una deuda surgida el 1/6/2014, prescribirá en el 2019, mientras que una deuda surgida el 1/9/2015 prescribirá en el 2017: estoy en lo cierto?
Desde ya, muchas gracias.