Buenas... tengo una suc en la que ya hay DH, 2 de los mismos quieren ceder su parte a la 3er heredera... alguien tendra un modelo de escrito para presentar? En el juzgado me dijeron que aceptan que se haga sin escribano de por medio...
tené presente > ARTICULO 1618.- Forma. La cesión debe hacerse por escrito, sin perjuicio de los casos en que se admite la transmisión del título por endoso o por entrega manual.
Deben otorgarse por escritura pública:
a) la cesión de derechos hereditarios;...
ARTICULO 2302.- Momento a partir del cual produce efectos. La cesión del derecho a una herencia ya deferida o a una parte indivisa de ella tiene efectos:
a) entre los contratantes, desde su celebración;
b) respecto de otros herederos, legatarios y acreedores del cedente, desde que la escritura pública se incorpora al expediente sucesorio;....
http://www.infoleg.gob.ar/infolegIntern ... /norma.htm
ARTICULO 1°.- Sólo se procederá a la toma de razón de las cesiones
y derechos hereditarios instrumentadas en escritura pública,
rechazándose las actas judiciales o escritos presentados en el
sucesorio con firma ratificadas por el actuario.
ARTICULO 2°.- De forma.
DISPOSICION TECNICO REGISTRAL N° 27/87
http://www.casi.com.ar/content/cesi%C3% ... escrituras