Hola a todos y gracias de antemano. Tengo la siguiente consulta rápida y me gustaría si me la pudieran responder:
Contexto: Se alquila un bien inmueble mediante un contrsto de arrendamiento a una srl. Dos de los socios firman como garantes solidarios y, al mismo tiempo firman documentos.
La situación con el paso del tiempo se desmadra y dejan en total situación de abandono el bien generando deudas. Uno de los garantes solidarios es insolvente y el otro, al menos al principio muy solvente.
Los dueños del inmueble acuden a una abogada con intención de ejecutar parte de los documentos vencidos y quedan en hacerlo luego de la feria judicial para que puedan ir juntando el dinero para proceder a la ejecución. El hecho es que estas dos personas han ido simulando la venta de muchos de sus bienes (posiblemente entre parientes) desde que decidieron dejar el bien inmueble en total situación de abandono hace aproximadamente un año para que, en el caso de un juicio a futuro, no les puedan sacar nada.
PREGUNTA: Una vez que se proceda a la ejecución de los documentos y posterior juicio ejecutivo (POSTERIOR A LA VENTA SIMULADA DE BIENES) Se pueden cancelar dichas ventas y ejecutar los bienes enajenados? Y se puede pedir en el juicio cancelar la venta de cualquier bien de ambos garantes desde el momento en que se firmó el contrato de alquiler? Me gustaría su opinión y puntos de vista. Desde ya muchísimas gracias y espero sus comentarios.
Saludos cordiales,
Contexto: Se alquila un bien inmueble mediante un contrsto de arrendamiento a una srl. Dos de los socios firman como garantes solidarios y, al mismo tiempo firman documentos.
La situación con el paso del tiempo se desmadra y dejan en total situación de abandono el bien generando deudas. Uno de los garantes solidarios es insolvente y el otro, al menos al principio muy solvente.
Los dueños del inmueble acuden a una abogada con intención de ejecutar parte de los documentos vencidos y quedan en hacerlo luego de la feria judicial para que puedan ir juntando el dinero para proceder a la ejecución. El hecho es que estas dos personas han ido simulando la venta de muchos de sus bienes (posiblemente entre parientes) desde que decidieron dejar el bien inmueble en total situación de abandono hace aproximadamente un año para que, en el caso de un juicio a futuro, no les puedan sacar nada.
PREGUNTA: Una vez que se proceda a la ejecución de los documentos y posterior juicio ejecutivo (POSTERIOR A LA VENTA SIMULADA DE BIENES) Se pueden cancelar dichas ventas y ejecutar los bienes enajenados? Y se puede pedir en el juicio cancelar la venta de cualquier bien de ambos garantes desde el momento en que se firmó el contrato de alquiler? Me gustaría su opinión y puntos de vista. Desde ya muchísimas gracias y espero sus comentarios.
Saludos cordiales,