Hola a todos. Tal vez es un planteo algo raro, pero quiero saber su opinión. La situación es la siguiente, hay un juicio de ejecución de honorarios con sentencia de remate, la unica demandada solvente era una mujer insana que durante el proceso de ejecución estaba representada por la Curaduría zonal y no tenía hijos. Esta mujer muere y el bien inmueble en el cual ella era propietaria, está embargado. La cuestión que al morir, la curaduría zonal deja de intervenir, y no tiene herederos.
Mi pregunta es: ¿me conviene seguir con el remate en el juicio de ejecución de honorarios y correr el riesgo que la liga se presente y no sea redituable la subasta o tal vez denunciar al Ministerio fiscal la existencia de una sucesión vacante y luego presentarme como acreedor de la causante y cobrar el crédito dentro de la sucesión sin tener que arriesgarme a una subasta que pueda generar mas gastos que beneficios?
Si hay algo que no se entienda, hago la aclaración para que me puedan dar una mano en esta consulta.
Gracias!
Mi pregunta es: ¿me conviene seguir con el remate en el juicio de ejecución de honorarios y correr el riesgo que la liga se presente y no sea redituable la subasta o tal vez denunciar al Ministerio fiscal la existencia de una sucesión vacante y luego presentarme como acreedor de la causante y cobrar el crédito dentro de la sucesión sin tener que arriesgarme a una subasta que pueda generar mas gastos que beneficios?
Si hay algo que no se entienda, hago la aclaración para que me puedan dar una mano en esta consulta.
Gracias!