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  • BCV. TITULAR DISTINTO. AYUDA!!

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 #1229756  por Iusgus2013
 
Buenas colegas. Consulta: Mi clienta compro por intermedio de BCV un terreno. El mismo es un boleto tipo, pero esta sin sellar. Sólo consta la firma de las partes. De hecho es muy básico. Se intimo a la vendedora para escriturar, pero llamo por telefono a mi clienta y le pidio más dinero, haciendo caso omiso a la intimación. Después no tomo más contacto. Esta venta fue efectuada en Diciembre de 2000. Mi clienta iba a iniciar juicio de escrituración. Ella vive en otro inmueble, y en este terreno pensaba construir para sus hijos, pero esta cercado y no hace posesión. Solo paga impuestos.
La cuestión es que mediante la consulta al indice de titulares ante el Registro de la Propiedad, salta que la titular es otra persona.
La verdad que la situación ahora es distinta. Que me recomiendan hacer? Agradeceria opiniones! Saludos!
 #1229760  por legalescom
 
Ante todo, ejercer la posesión de hecho y contactarse con los vecinos, para que la avisen de cualquier intento de intromisión. Acto seguido, promover mediación por escrituración, y luego, demanda de escrituración, siempre contra el vendedor. Para ello, tener en cuento el Cód. Civ. y Com. en sus arts.:
1132.- Cosa ajena. La venta de la cosa total o parcialmente ajena es válida, en los términos del artículo 1008. El vendedor se obliga a transmitir o hacer transmitir su dominio al comprador.

1008.- Bienes ajenos. Los bienes ajenos pueden ser objeto de los contratos. Si el que promete transmitirlos no ha garantizado el éxito de la promesa, sólo está obligado a emplear los medios necesarios para que la prestación se realice y, si por su culpa, el bien no se transmite, debe reparar los daños causados. Debe también indemnizarlos cuando ha garantizado la promesa y ésta no se cumple. El que ha contratado sobre bienes ajenos como propios es responsable de los daños si no hace entrega de ellos.
 #1229784  por Iusgus2013
 
legalescom escribió: Mar, 23 Oct 2018, 20:40 Ante todo, ejercer la posesión de hecho y contactarse con los vecinos, para que la avisen de cualquier intento de intromisión. Acto seguido, promover mediación por escrituración, y luego, demanda de escrituración, siempre contra el vendedor. Para ello, tener en cuento el Cód. Civ. y Com. en sus arts.:
1132.- Cosa ajena. La venta de la cosa total o parcialmente ajena es válida, en los términos del artículo 1008. El vendedor se obliga a transmitir o hacer transmitir su dominio al comprador.

1008.- Bienes ajenos. Los bienes ajenos pueden ser objeto de los contratos. Si el que promete transmitirlos no ha garantizado el éxito de la promesa, sólo está obligado a emplear los medios necesarios para que la prestación se realice y, si por su culpa, el bien no se transmite, debe reparar los daños causados. Debe también indemnizarlos cuando ha garantizado la promesa y ésta no se cumple. El que ha contratado sobre bienes ajenos como propios es responsable de los daños si no hace entrega de ellos.
Muchas gracias por la respuesta. Por lo que entiendo, vamos directamente contra el vendedor, independientemente del propietario que detalla el informe del RPI. La CD ya fue enviada al vendedor intimando a escriturar. La mediación no la realizamos porque conjuntamente con la demanda solicitaremos la eximición de la misma. Por lo que quedaria iniciar directamente el juicio por escrituración o remito nueva CD intimando a la vendedora por la "venta" realizada?
 #1229798  por Iusgus2013
 
legalescom escribió: Mié, 24 Oct 2018, 11:09 ¿En que te basás, para obviar la mediación?. Creo que te van a mandar a realizarla.
Por la imposibilidad de dar con el paradero del dueño- Pero ahora comprendo, la mediación seria con el vendedor. Me confundi. Gracias