Si la cantidad era significante (un ladrillo) podría alegar que era para consumo personal y que el cliente hacía compras grandes para ganarle a la inflación.
Hablando en serio, he visto jueces de instucción sobreseer declarando de oficio la inconstitucionalidad del art. 14 ley 23737 conforme el fallo "Arriola".
Buenos Días/Tardes/Noches dependiendo de sus coordenadas geográficas .
La cantidad de marihuana permitida según la última reforma del código procesal penal, el artículo 463/5 apartado octavo inciso 22, tercer párrafo, línea 24, es de 2+985*4587/9584-654788+(1)+(-1)*8574 gramos. Espero que te haya sido de ayuda. Estoy re duracell.