Buenas tardes, tengo una duda sino se inicio ejecución de sentencia hay que peticionarla cuando el anses liquido mal y se pretende impugnar dicha liquidación, realmente no hecho reclamos por diferencias y me parece que forman parte de la 3ra etapa, agradezco sus opiniones
Tenés que presentar la liquidación de ANSES y la tuya, e iniciar la ejecución por la diferencia.
Los requisitos para pedir la liquidación de Anses en Alsina 250 son:
De constatar la parte actora que la liquidación no se encuentra agregada al expediente judicial, podrá presentar nota/listado con un máximo de 5 casos (semanales), en donde deberá figurar:
- Número de beneficio
- Apellido y nombre
- CUIL
- Número de expediente judicial
- Firma y
- Número de DNI, si es titular
- Sello, si es el abogado apoderado
*de encontrarse no vigente el causante, deberá informar adicionalmente los datos de la pensión.
Sólo se tomarán notas/listados:
- Exptes resueltos y al pago (no retenidos) del mensual anterior al mes en curso.
- No en manuscrita.
- En el caso de NO ser el abogado apoderado que figura en nuestro sistema, deberá acompañar copia del Poder.