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  • PARA IMPUGNAR LIQUIDACION HAY QUE INICIAR EJECUCION DE SENTENCIA

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1231808  por mariairene
 
Buenas tardes, tengo una duda sino se inicio ejecución de sentencia hay que peticionarla cuando el anses liquido mal y se pretende impugnar dicha liquidación, realmente no hecho reclamos por diferencias y me parece que forman parte de la 3ra etapa, agradezco sus opiniones
 #1231810  por lucky
 
Tenés que presentar la liquidación de ANSES y la tuya, e iniciar la ejecución por la diferencia.
Los requisitos para pedir la liquidación de Anses en Alsina 250 son:

De constatar la parte actora que la liquidación no se encuentra agregada al expediente judicial, podrá presentar nota/listado con un máximo de 5 casos (semanales), en donde deberá figurar:

- Número de beneficio
- Apellido y nombre
- CUIL
- Número de expediente judicial
- Firma y
- Número de DNI, si es titular
- Sello, si es el abogado apoderado
*de encontrarse no vigente el causante, deberá informar adicionalmente los datos de la pensión.

Sólo se tomarán notas/listados:
- Exptes resueltos y al pago (no retenidos) del mensual anterior al mes en curso.
- No en manuscrita.
- En el caso de NO ser el abogado apoderado que figura en nuestro sistema, deberá acompañar copia del Poder.
 #1231815  por mariairene
 
MUCHAS GRACIAS por tu respuesta. La duda que me queda es que sin presentar la liquidacion de ANSES se pueda presentar igual el escrito adjuntando solo la liquidacion practicada por la parte y el recibo de cobro donde consta los importes liquidados y abonados por sentencia o indefectiblemente el juzgado va a pedir que se agregue tal liquidacion de ANSES.