Me rechazaron la demanda alegando que:
Que del análisis del expediente administrativo se desprende que la titular de autos obtuvo el beneficio de pensión directa con fecha de alta posterior al mensual agosto/2016, por tanto a los fines del cálculo de la prestación compensatoria y de la prestación adicional por permanencia, las remuneraciones fueron actualizadas conforme la ley 27.260 y el decreto 807/16.
Que el actor no objeta las mencionadas normas, no quedando demostrada una lesión concreta, por lo cual no puede concluirse que el mecanismo utilizado sea contrario al principio de sustitutividad, en el sentido de la razonable proporcionalidad que debe guardar con la periódica variación de los haberes de los trabajadores en actividad.
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Ahora bien, si bien no mencione en mi demanda el rechazo del indice ripte, si solicite se aplique el fallo sanchez y eliff que aplica el isbic... y defendi la proporcion que debe cobrar el titular con relacion a los trabajadores en actividad, por lo tanto, teniendo en cuenta el reciente fallo Blanco de la Corte, ven posibilidades de que la camara me haga lugar?
Que del análisis del expediente administrativo se desprende que la titular de autos obtuvo el beneficio de pensión directa con fecha de alta posterior al mensual agosto/2016, por tanto a los fines del cálculo de la prestación compensatoria y de la prestación adicional por permanencia, las remuneraciones fueron actualizadas conforme la ley 27.260 y el decreto 807/16.
Que el actor no objeta las mencionadas normas, no quedando demostrada una lesión concreta, por lo cual no puede concluirse que el mecanismo utilizado sea contrario al principio de sustitutividad, en el sentido de la razonable proporcionalidad que debe guardar con la periódica variación de los haberes de los trabajadores en actividad.
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Ahora bien, si bien no mencione en mi demanda el rechazo del indice ripte, si solicite se aplique el fallo sanchez y eliff que aplica el isbic... y defendi la proporcion que debe cobrar el titular con relacion a los trabajadores en actividad, por lo tanto, teniendo en cuenta el reciente fallo Blanco de la Corte, ven posibilidades de que la camara me haga lugar?