hola, la consulta es la siguiente. un obrero de la construccion con ocho meses de antiguedad en negro, es registrdo en enero de 2008 en afip, despidiendolo el empleador al mes siguiente.
es posible reclamar la correcta registracion de la relacion laboral por la ley 25.323 art 1?
en cuanto a la libreta de aportes debe reclamarse por telegrama?
que pasa con elfondo del cese laboral ?
que rubros deben liquidar? ya que en cd de despido solo dice que prescinden de su servicio.
gracias....
es posible reclamar la correcta registracion de la relacion laboral por la ley 25.323 art 1?
en cuanto a la libreta de aportes debe reclamarse por telegrama?
que pasa con elfondo del cese laboral ?
que rubros deben liquidar? ya que en cd de despido solo dice que prescinden de su servicio.
gracias....