Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Ayuda con dictamen de comisiones médicas

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1236923  por Bruna90
 
Estimados:
El día 25 de este mes salió el dictamen por un accidente con 0 % de incapacidad.
Que hago? Voy directo a juicio o me conviene apelar?
 #1236997  por Bruna90
 
Gracias por tu aporte. Osea, debo esperar la resolución de CC. MM respecto al recurso presentado y después recién podría hacer la presentación judicial? Que locura!
 #1237297  por Fedeac
 
Una vez que quedas notificado del acto de clausura del titular del Servicio de Homologación tenés 15 días para apelar ante la justicia ordinaria del trabajo o la CM Central. El recurso ante la justicia ordinaria se interpone ante la CM, le dan traslado a la ART y luego lo elevan.

En CABA creo que conviene apelar conforme al reglamento (res. 298/17 SRT y acta CNAT 2669/18). Es un recurso en relación, por lo que solo van a revisar las pruebas denegadas o defectuosamente producidas.

En provincia de buenos aires he visto varias cosas. Un caso particular es interponer el "recurso de apelación" pero como una demanda, planteando todas las inconstitucionalidades, ofreciendo prueba, etc. Asimismo ví que algunos juzgados admiten la competencia en base al artículo 104 y 2 inciso J de la ley 15057, permitiendo así que el "recurso" se presente ante la justicia del trabajo directamente.
 #1237335  por Zerus
 
Buenas: una consulta, yo vilvi acer el tratamiento por la art, por medio de la superintendencia, pero ahora de 2 semanas de asistencia me salio una oportunidad de tabajo la cual viajo a cordoba hago la prueva por 5 dias y vuelvo. El problema es que fui a la art para pedir un alta por esos 5 dias y me dicen que no me la pueden dar por el dictamen medico de la superintendencia, a todo esto yo ya no trabajo mas, mi pregunta es que pasaria si yo falto esos 5 dias de secciones de kinesio?
 #1269534  por matdracul19
 
Fedeac escribió: Mié, 03 Abr 2019, 20:22 Una vez que quedas notificado del acto de clausura del titular del Servicio de Homologación tenés 15 días para apelar ante la justicia ordinaria del trabajo o la CM Central. El recurso ante la justicia ordinaria se interpone ante la CM, le dan traslado a la ART y luego lo elevan.

En CABA creo que conviene apelar conforme al reglamento (res. 298/17 SRT y acta CNAT 2669/18). Es un recurso en relación, por lo que solo van a revisar las pruebas denegadas o defectuosamente producidas.

En provincia de buenos aires he visto varias cosas. Un caso particular es interponer el "recurso de apelación" pero como una demanda, planteando todas las inconstitucionalidades, ofreciendo prueba, etc. Asimismo ví que algunos juzgados admiten la competencia en base al artículo 104 y 2 inciso J de la ley 15057, permitiendo así que el "recurso" se presente ante la justicia del trabajo directamente.

Buenas tardes
Una consulta, vencido el plazo de 15 días para apelar
la acción caduca?

desde ya muchas gracias
 #1272850  por pulpoletrado
 
Estimadas/os ante todo buenos días, quería hacerle un pregunta. Ya tengo resolución definitiva en un caso de ART CABA. La comisión dio 0 % incapacidad. Y ya tengo la sentencia de la comisión para apelar en 15 días. Mi idea es apelar ante la justicia laboral. Ahora tengo armado también el modelo muy parecido a una demanda con todos los tópicos para declarar también la inconstitucionalidad, pero mi duda es: si lo inicio directamente como una demanda? ingresándolo con planilla ante la Cámara laboral para sorteo, o envío la Apelación al servicio de homologación de la superintendencia directamente, y ellos lo remiten a Cámara?.
muchas gracias, les mando un saludo grande colegas.