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  • DESALOJO HONORARIOS

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1236205  por DRFAFA
 
Tengo un desalojo, patrocine al usurpador, que logre que hicieran un acuerdo con los propietarios y le pagaron el doble. Ahora tengo que cobrarles al usurpador, que vivio 9 años alli aunque no se termino de probar porque llegaron al acuerdo. Tengo una tasacion de un perito corredor del valor mensual del alquiler del inmueble. Ahora no entiendo como se emplea la tabla que me remite el artículo 21.
ARTÍCULO 40.- En los procesos de desalojo se fijarán los honorarios de acuerdo con la escala del artículo 21, tomando como base el total de los alquileres del contrato. ...
Si el profesional estimare inadecuado el alquiler fijado en el contrato o en caso de que éste no pudiera determinarse exactamente o se tratase de juicios por intrusión o tenencia precaria, deberá fijarse el valor locativo actualizado del inmueble, para lo cual el profesional podrá acompañar tasaciones al respecto o designar perito para que lo determine, abonando los gastos de este último quien estuviere más alejado del monto de la tasación del valor locativo establecido. Tratándose de una homologación de convenio de desocupación y su ejecución, los honorarios se regularán en un cincuenta por ciento (50%) del establecido en el párrafo primero.

Aqui no había un contrato de alquiler y le dieron 40000 dolares para que se fuera. Tengo como cobrarme porque el usurapador tiene otros bienes en una herencia.
ARTÍCULO 21.- En los procesos susceptibles de apreciación pecuniaria los honorarios por la defensa de cada una de las partes serán fijados según la cuantía de los mismos, de acuerdo con la siguiente escala:

Escala %
Hasta 15 UMA del 22% al 33%
De 16 UMA a 45 UMA del 20% al 26%
De 46 UMA a 90 UMA del 18% al 24%
De 91 UMA a 150 UMA del 17% al 22%
De 151 UMA a 450 UMA del 15% al 20%
De 451 UMA a 750 UMA del 13% al 17%
De 751 UMA en adelante del 12% al 15%
Ahora como se sigue? Hago un detalle de las tareas y calculo los UMAS para cada tarea y los sumo y lo que me de, pongo el porcentaje de la derecha?

Gracias.
 #1236929  por DRFAFA
 
No hay acuerdo. El Juzgado me dice que valore la tarea realizada. Y no tengo idea de como hacer
 #1240509  por studiocaro4
 
hola forista .... tengo un mismo caso ,,,, solo que yo patrocine al titular del inmueble , pero logre llegar a un acuerdo extrajudicial para que el usurpador deje el inmueble ,,,,, el problema es que le tengo que cobrar honorarios y no se que valor cobrarle ..... si alguien nos podria asesorar para no cobrar cualquier cosa ... muchas gracias
 #1240514  por DRalonso
 
FAFA: PRESENTA VALUACION FISCAL

Y AL ESTUDIO QUENO ES "CARO": GRAVE ERROR NO HABER ARREGLADO HONORARIOS CON TU CLIENTE ANTES ¿CUANTO VALE EL INMUEBLE?
 #1240597  por studiocaro4
 
RESPONDO ,.,.... SI SI YA ARREGLE HONORARIOS CON MI CLIENTE (QUE ES LA PARTE ACTORA) .... PERO TENGO QUE COBRARLE AL DEMANDADO POR ARREGLAR LA RESTITUCION DEL INMUEBLE .... ESO ES LO QUE QUIERO SABER CUANTO PODRIA COBRARLE ,,,, GRACIAS POR LA IRONIA