Abuelos fallecen : el en 1970 y ella "04/1988" del matrimonio hay dos hijos. Uno de los hijos fallece en 2005.(el papa de mis clientes)
El otro (la tia de mis clientes) vive en la casa de sus padres (unico inmuble) desde antes de la muerte de su madre, pagando los impuestos hasta la fecha.
Jamas se inicio sucesion de ninguno , en abril del presente año se cumplirian los 20 años de la posesion del inmueble + pago de impuestos por parte de la hija que habita el mismo.Estoy equivocado, o es imprescindible que los nietos del hijo fallecido en 2007 inicie cto antes la sucesion de sus abuelos y su padre?????
Tengo dudas y quiero asegurarme, en cto a la prescriptibilidad de la particion de la herencia, mejor dicho desde la fecha de la muerte de quien de ellos debo comenzar a computar los 20 años.-
Gracias a quien pueda aclarar mis dudas.-.-
El otro (la tia de mis clientes) vive en la casa de sus padres (unico inmuble) desde antes de la muerte de su madre, pagando los impuestos hasta la fecha.
Jamas se inicio sucesion de ninguno , en abril del presente año se cumplirian los 20 años de la posesion del inmueble + pago de impuestos por parte de la hija que habita el mismo.Estoy equivocado, o es imprescindible que los nietos del hijo fallecido en 2007 inicie cto antes la sucesion de sus abuelos y su padre?????
Tengo dudas y quiero asegurarme, en cto a la prescriptibilidad de la particion de la herencia, mejor dicho desde la fecha de la muerte de quien de ellos debo comenzar a computar los 20 años.-
Gracias a quien pueda aclarar mis dudas.-.-