Hola a todos y gustosa de estar en este foro de Derecho Penal.
Quería preguntar a los penalistas sobre el instituto de la suspensión del proceso penal a prueba y porqué si según el código penal se extingue la acción penal si el procesado cumplió las normas de conducta impuestas por el tribunal y no le quedan antecedentes si pide el certificado en reincidencia (calle Tucumán enfrente del Palacio y doy fe de que no quedan ya que una señora que cumplió probation, luego de cumplir las normas de conducta lo solicitó y no le figuraba ningún antecedente penal), ¿Por que la segunda Probation se otorgaría luego de los 8 años según el código? , no se está utilizando derecho de autor o doble valoración por registrar una condena, y si se borran los antecedentes ... porque acá vuelven a aparecer al extremo de no conceder una segunda probation?
Algo no me cierra bién sobre la cuestión de usar la pena anterior para negar la segunda probation, o sea que la persona mejor que ni maneje, ni vaya a una fiesta... a ver si se arma lío y tiene una nueva causa aunque sea lesión culposa con la bicicleta y de ahí directo a la cárcel!
Tengan en cuenta que como siempre digo , sólo soy una estudiante terminando la carrera
Saludos!!!
La Aprendiza
Quería preguntar a los penalistas sobre el instituto de la suspensión del proceso penal a prueba y porqué si según el código penal se extingue la acción penal si el procesado cumplió las normas de conducta impuestas por el tribunal y no le quedan antecedentes si pide el certificado en reincidencia (calle Tucumán enfrente del Palacio y doy fe de que no quedan ya que una señora que cumplió probation, luego de cumplir las normas de conducta lo solicitó y no le figuraba ningún antecedente penal), ¿Por que la segunda Probation se otorgaría luego de los 8 años según el código? , no se está utilizando derecho de autor o doble valoración por registrar una condena, y si se borran los antecedentes ... porque acá vuelven a aparecer al extremo de no conceder una segunda probation?
Algo no me cierra bién sobre la cuestión de usar la pena anterior para negar la segunda probation, o sea que la persona mejor que ni maneje, ni vaya a una fiesta... a ver si se arma lío y tiene una nueva causa aunque sea lesión culposa con la bicicleta y de ahí directo a la cárcel!
Tengan en cuenta que como siempre digo , sólo soy una estudiante terminando la carrera
Saludos!!!
La Aprendiza
¡Uso saco y corbata y nadie se atreve a decirme que imito a los hombres!