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 #1236871  por Andrea82
 
Buenas tardes! estoy haciendo mi primera sucesion en pcia. de bs. as. y me han surgido varias dudas, una de ellas es sobre el informe del IPS que hay que presentar. Para algunos de mis colegas es la certificacion negativa que se obtiene de la pagina de IPS, se imprime y se presenta eso. Otros, me dicen que hay que llenar el formulario Oficio judiciales (ley 10205) tambien de la pagina del IPS, y diligenciarlo. Cual de los dos informes presento??
Desde ya, pido disculpas por la ignorancia, pero consultar tanto me ha confundido aun mas, y agradezco muchisimo la ayuda que me puedan brindar!
Saludos cordiales!
 #1236889  por abogado_1987
 
Hola, entiendo que no iniciaste la sucesión,
generalmente ese oficio se libra por secretaría >

(provincia de Baires), ...... de Marzo de 2018.-
20......................PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" ips.notificaciones
A la Sra. Directora de Prestaciones Sociales No Contributivas
Del Instituto de Previsión Social de la Pcia. de Bs. As.
Sra. ...............
Me dirijo a Ud. en mi caracter de funcionario del Juzgado en lo Civil y Comercial N° .......... del Departamento Judicial de ........... a cargo de la Dra......................... , en virtud de lo dispuesto por los art. 24 y 25 de la Ley 10.205, solicita al señor Director tenga a bien disponer se informe en los autos caratulados: "M ................ S/SUCESION AB-INTESTATO" (Expediente N°............... ) si Don .................. L.C. o L.E. o DNI N° DNI M ..............., fallecido el 08/09/................., a los ...................... años de edad, domiciliado en la Calle: ................... Nro: ...................... , casado con ......................., hijo de .............................. y de ......................, era o no beneficiario de ese organismo, en caso afirmativo el monto percibido con más la capitalización que establecen los referidos artículos.
Saluda a ud. muy atentamente.
...........................
Secretario
 #1236897  por Andrea82
 
Hola! Mucha gracias por tomarte el tiempo y la molestia de responderme.
LA sucesion ya fue iniciada, yo pensaba igual que vos, pero en el proveido me piden que agregue el informe del IPS.
Lo comente con unos colegas y me dijeron que con eso se referia a la certificacion negativa de IPS y otros, me dijeron que se referia al Oficio Ley 10205, por eso mi duda....
 #1236924  por abogado_1987
 
Hola, ok entendí en el link >
http://www.ips.gba.gov.ar/web-ips/npCon ... ficio1.jsp
completás los datos del causante, imprimís el resultado y lo acompañás
en el expte sucesorio, como pauta >
CERTIFICADO NEGATIVO DE BENEFICIO. ART. 25 DE LA LEY 10.205. Se adjunta certificado negativo de beneficio emitido por el sitio web: www.ips.gba.gov.ar, en los cuales constan que no se registra Beneficio de Jubilación, Pensión o Pensión Graciable a la fecha, al efecto, el IPS informa que al día de la fecha NO se registra Beneficio vigente a nombre de: ......................., DNI ..............................
Solicitamos se tenga presente que el comprobante acompañado tiene plena validez legal y sirve de constancia para acreditar la inexistencia de un beneficio activo, conforme surge de los registros informáticos del organismo, no requiriendo a dicho fin, sello o firma de autoridad competente (Resolución 3/2012) y que la información brindada podrá ser corroborada a través de la página web: www.ips.gba.gov.ar.
Por lo expuesto, solicitamos se tenga por cumplido con el art. 25 de la ley 10.205.
 #1237513  por Andrea82
 
Muchas gracias por tu respuesta Abogado_1987!! Era eso a lo que me referia!! Nuevamente te agradezco mucho que te hayas vuelto a tomar un rato de tiempo para ayudarme! Gracias! Esta semana lo presento y vemos como me va!
Pero sigo necesitando ayuda!!!! Por favor!
Cuando inicie la sucesion, el primer proveido, con fecha 18/9/18, decia:
"Tiéneseles por presentados, parte y domicilio legal constituído. Hácese saber que deberá constituirse domicilio electrónico (art. 40 CPCC, art. 3 anexo I Ac. 3845), bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. Agréguese.-
En mérito a lo solicitado y lo que resulta del certificado de defunción adjunto, declárase abierto el juicio sucesorio de XXXXX XXXXX XXXXXXXXX procediéndose a la publicación de edictos por un día en el "Boletín Judicial", citándose a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la referida causante para que dentro del plazo de treinta días lo acrediten. Hágase saber a los presentantes que deberán denunciar los herederos, representantes legales y acreedores conocidos (art. 2340 del C.C. y C. y arg. art.724 del C.P.C.C., conf. Expte. N° 48857: "Barisone, Gerónima Santina s/ Sucesión Ab Intestato", Juzgado de Paz Letrado).-
Ofíciese al Registro de Testamentos del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del art.724 "in fine" del CPC (texto ley 11.511).-
Ténganse presente las autorizaciones conferidas.-
Hácese saber que existen diferencias en el apellido de la causante (ver fs. 1 y fs. 2/3) y en apellido del cónyuge de la causante (ver fs. 7 y resto de documentación).-
Cúmplase por parte de la Dra. XXX XXXXX con lo establecido en el art.13 de la ley 6716 dentro del tercero día de notificada bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de comunicarlo a la Caja de Previsión para Abogados de la Provincia de Buenos Aires. Notifíquese.-
Conforme a lo establecido en el artículo tercero del anexo único de la Acordada N° 3886 SCBA, intímese al profesional presentante a que dentro de las 24 hs. digitalíce la presentación efectuada en soporte papel, bajo apercibimiento de tenerla por no presentada.-"

Con posterioridad, doy cumplimiento a todo lo soilicitado. Constituyo el domicilio electronico, presento el auto de identidad, acredito el pago a la Caja, el oficio electronico al Registro de Testamento del Colegio de Esc. de la pcia de Bs. As. (que responde directamente en el expte), la publicacion del edicto por un dia en el boletin oficial la acredito digital (por token) y en papel, y en la misma presentacion solicito la D.H. , y me porveen lo siguiente:
"Agréguese. Téngase presente para su oportunidad.-
Agregado que sea el informe del IPS y cumplido que sea con lo requerido en fecha 18/09/2018 segundo párrafo in fine, se proveerá lo que viere corresponder.-"
En este ultimo proveido no entiendo a que se refiere, que mas me quedaria por cumplimentar ademas de la presentacion del informe del IPS??
Agradezco muchisimo si me pudieran dar una mano, ya que necesito obtener lo mas rapido posible la DH.
Saludos!!
 #1237582  por abogado_1987
 
Andrea82 escribió: Dom, 07 Abr 2019, 21:53 Muchas gracias por tu respuesta Abogado_1987!! Era eso a lo que me referia!! Nuevamente te agradezco mucho que te hayas vuelto a tomar un rato de tiempo para ayudarme! Gracias! Esta semana lo presento y vemos como me va!
Pero sigo necesitando ayuda!!!! Por favor!
Cuando inicie la sucesion, el primer proveido, con fecha 18/9/18, decia:
"Tiéneseles por presentados, parte y domicilio legal constituído. Hácese saber que deberá constituirse domicilio electrónico (art. 40 CPCC, art. 3 anexo I Ac. 3845), bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. Agréguese.-
En mérito a lo solicitado y lo que resulta del certificado de defunción adjunto, declárase abierto el juicio sucesorio de XXXXX XXXXX XXXXXXXXX procediéndose a la publicación de edictos por un día en el "Boletín Judicial", citándose a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la referida causante para que dentro del plazo de treinta días lo acrediten. Hágase saber a los presentantes que deberán denunciar los herederos, representantes legales y acreedores conocidos (art. 2340 del C.C. y C. y arg. art.724 del C.P.C.C., conf. Expte. N° 48857: "Barisone, Gerónima Santina s/ Sucesión Ab Intestato", Juzgado de Paz Letrado).-
Ofíciese al Registro de Testamentos del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del art.724 "in fine" del CPC (texto ley 11.511).-
Ténganse presente las autorizaciones conferidas.-
Hácese saber que existen diferencias en el apellido de la causante (ver fs. 1 y fs. 2/3) y en apellido del cónyuge de la causante (ver fs. 7 y resto de documentación).-
Cúmplase por parte de la Dra. XXX XXXXX con lo establecido en el art.13 de la ley 6716 dentro del tercero día de notificada bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de comunicarlo a la Caja de Previsión para Abogados de la Provincia de Buenos Aires. Notifíquese.-
Conforme a lo establecido en el artículo tercero del anexo único de la Acordada N° 3886 SCBA, intímese al profesional presentante a que dentro de las 24 hs. digitalíce la presentación efectuada en soporte papel, bajo apercibimiento de tenerla por no presentada.-"

Con posterioridad, doy cumplimiento a todo lo soilicitado.
Constituyo el domicilio electronico,
presento el auto de identidad,
acredito el pago a la Caja,
el oficio electronico al Registro de Testamento del Colegio de Esc. de la pcia de Bs. As. (que responde directamente en el expte), la publicacion del edicto por un dia en el boletin oficial la acredito digital (por token) y en papel,
y en la misma presentacion solicito la D.H.
, y me porveen lo siguiente:

"Agréguese. Téngase presente para su oportunidad.-
Agregado que sea el informe del IPS y cumplido que sea con lo requerido en fecha 18/09/2018 segundo párrafo in fine, se proveerá lo que viere corresponder.-"
En este ultimo proveido no entiendo a que se refiere, que mas me quedaria por cumplimentar ademas de la presentacion del informe del IPS??
Agradezco muchisimo si me pudieran dar una mano, ya que necesito obtener lo mas rapido posible la DH.
Saludos!!
Hola, entiendo que te falta lo que comenté, en el link

http://www.ips.gba.gov.ar/web-ips/npCon ... ficio1.jsp

completás los datos del causante, imprimís el resultado
y lo acompañás en el expte sucesorio
, con un escrito; como pauta >
CERTIFICADO NEGATIVO DE BENEFICIO. ART. 25 DE LA LEY 10.205. Se adjunta certificado negativo de beneficio emitido por el sitio web: www.ips.gba.gov.ar, en el que consta que no se registra Beneficio de Jubilación, Pensión o Pensión Graciable a la fecha, al efecto, el IPS informa que al día de la fecha NO se registra Beneficio vigente a nombre de: ......................., DNI ..............................
Solicitamos se tenga presente que el comprobante acompañado tiene plena validez legal y sirve de constancia para acreditar la inexistencia de un beneficio activo, conforme surge de los registros informáticos del organismo, no requiriendo a dicho fin, sello o firma de autoridad competente (Resolución 3/2012) y que la información brindada podrá ser corroborada a través de la página web: www.ips.gba.gov.ar.
Por lo expuesto, solicitamos se tenga por cumplido con el art. 25 de la ley 10.205.
 #1238491  por Andrea82
 
Hola!!como estan? les comento que presente el certificado negativo de IPS, tal como me aconsejo abogado_1987 , y esta bien, era ese el certificado que habia que presentar. Peeeero me observaron que no manifeste que no existen otros herederos o acreeedores más que los solicitantes. ... A alguien le pidieron lo mismo? podrian pasarme algun modelo del escrito que deberia presentar para cumplir con la observacion??
Desde ya les agradezco muchisimo la ayuda!!! no veo la hora de que me salga la D.H!!!
Mil gracias!!!
 #1238494  por abogado_1987
 
Andrea82 escribió: Jue, 25 Abr 2019, 17:38 Hola!!como estan? les comento que presente el certificado negativo de IPS, tal como me aconsejo abogado_1987 , y esta bien, era ese el certificado que habia que presentar. Peeeero me observaron que no manifeste que no existen otros herederos o acreeedores más que los solicitantes. ... A alguien le pidieron lo mismo? podrian pasarme algun modelo del escrito que deberia presentar para cumplir con la observacion??
Desde ya les agradezco muchisimo la ayuda!!! no veo la hora de que me salga la D.H!!!
Mil gracias!!!
entiendo como pauta de escrito >
I. Que venimos por el presente atento lo ordenado por auto de fecha .... de .................... de 201...., y atento a lo normado por el art. 2340 del Código Civil y Comercial, a manifestar expresamente que los suscriptos somos los únicos herederos del causante ...................................
II. Por lo expuesto solicitamos se tenga por cumplido con lo ordenado.
 #1242485  por Andrea82
 
Hola!! como estan?? les comento que todavia sigo dando vueltas con la sucesion. Fui presentando todo tal cual me aconsejaron aca y estaba todo bien. PEro me falto presentar la planilla de juicios universales, ahora se hace digitalmente...y aca surge mi pregunta, a que domicilio electronico se envia en pcia de bs as? (encontre varias direcciones, por eso mi duda).
Y otra consulta, esta sucesion seria por tramite abreviado, que hay que que presentar para este caso, el cert. de dominio, el de anotaciones personales, pagar tasa.... y me comentaron que tenia que pedir una nueva valuacion fiscal, puede ser? y una mensura? en caso de ser necesario, como se tramita?
desde ya mil gracias a todos! espero sus comentarios que siempre fueron tan acertados!
Saludos!!
 #1242526  por Agente86
 
Hola,

CREO que el oficio lo remitís al juzgado quienes lo cofirman y lo diligencian electrónicamente (que alguien me corrija).
¿Qué es trámite abreviado? ¿No será tracto abreviado?
Los certificados los tenes que dejar para el final, porque vencen.
La valuación fiscal para el cálculo de la Tasa, sobre tasa y su contribución lo podes acreditar con la valuación fiscal de la boleta de Rentas.
Mensura entiendo que no, salvo que hayan cambiado un poco las exigencias. Y la mensura la hace un agrimensor, que fijan su costo de acuerdo al trabajo a realizar.
Espero haber ayudado.

Saludos
 #1242742  por Andrea82
 
Nane, me parecio muy desubicado tu comentario.... no hay que opinar de los demas cuando no se sabe.
Si te molestan mis consultas, no las leas, nadie te obliga. Si no vas a sumar, llamate a silencio.




...."lo que Juan dice de Pedro dice más de Juan que de Pedro"...
 #1245016  por adriana
 
buenas tardes, les hago dos consultas colegas
en el caso del oficio al ips, veo que el juzgado lo diligenció e ips respondió, en la sucesión que estoy haciendo, también es necesario hacer el escrito que indica el colega?
y la ora duda que tengo es que generé el comprobante para el pago al colegio de ecribanos, completé la planilla y la envié.
Pero aún no respondieron, esto les demora mucho_? va directamente al juzgado? por que no se como encontrarla

saludos
Adriana
 #1264059  por brendavmartin
 
HOLA A TODOS! INICIE UNA SUCESION Y EN EL PRIMER PROVEIDO ME SALIO QUE TANTO EN EL ACTA DE MATRIMONIO COMO EN LA PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA HIJA FIGURAN LOS NOMBRES ALTERNADOS A LO QUE FIGURA EN EL ACTA DE DEFUNCION.... NECESITO SI ALGUNO TIENE UN MODELO DE ESCRITO PARA PEDIR LA IDENTIDAD DE NOMBRE. GRACIASSSS!!