Hola! Les hago una consultita en una sucesión dónde no existen bienes muebles , ése 10% que se abona en concepto de tasa, debe abonarse igual o hay alguna defensa que se puede plantear??? En mi caso el único bien inmueble que compone el acervo hereditario es un local, tiene una valuación fiscal bastante elevada por lo tanto lo que hay que pagar por los muebles es bastante oneroso y no tiene muebles!!!
Ah! Me olvidaba, me pueden contar cómo se hace el trámite de inscripción de la declaratoria en el registro de la propiedad y cuánto es lo que se paga por el mismo (esto es en pcia. de Buenos Aires) Gracias, Alma.-
Ah! Me olvidaba, me pueden contar cómo se hace el trámite de inscripción de la declaratoria en el registro de la propiedad y cuánto es lo que se paga por el mismo (esto es en pcia. de Buenos Aires) Gracias, Alma.-