Estimados colegas. Es mi primer ejecutivo y me surgen algunas dudas, les agradecería a los que puedan darme una mano!
Ya tengo la sentencia de ejecución de pagarés, solo me falta la notificación de la misma y luego empezaría la ejecución porque no hay intención de pago.
Al empezar el proceso, inhibí al actor por desconocer bienes de su titularidad, pero luego tome conocimiento de que tiene por lo menos un auto a su nombre y en su poder (lo tiene en la puerta de la casa).
Acá la primera duda:
1) si ya tengo trabada la inhibición, puedo pedir el embargo de este auto del cual tome conocimiento? O muy probablemente me rechacen el pedido mientras subsista la inhibición? En tal caso, tengo que levantar la inhibición para trabar el embargo? Se hace todo junto para evitar que el actor enajene el bien? Se hace en el registro automotor todo de una vez?
2) Una vez trabado el embargo, como se materializa él secuestro del vehículo? Confecciono el mandamiento de secuestro, lo dejo a confronte, y necesariamente tengo que ir a la oficina de mandamientos para coordinar con el oficial día y hora o puede ir el solo? Me encuentro con él en el domicilio y localizado el auto llamo a una grúa?? Lo llevo a un lugar seguro hasta obtener fecha de subasta? Es así o como es el procedimiento?
Si nada de esto sale bien y no encuentro el auto donde yo pensaba, pese a ir con el oficial a secuestrarlo, vuelve el mandamiento de secuestro con resultado negativo? Y luego que hago?
3) pido oficio a fuerzas de seguridad para que circulen la orden de secuestro en algún control? Funciona? Para pedir esto si o si tengo que tener un mandamiento de secuestro previo con resultado negativo?
Perdón que me extienda pero tengo más dudas que certezas
gracias!!!!!!!!!!!!!!
Ya tengo la sentencia de ejecución de pagarés, solo me falta la notificación de la misma y luego empezaría la ejecución porque no hay intención de pago.
Al empezar el proceso, inhibí al actor por desconocer bienes de su titularidad, pero luego tome conocimiento de que tiene por lo menos un auto a su nombre y en su poder (lo tiene en la puerta de la casa).
Acá la primera duda:
1) si ya tengo trabada la inhibición, puedo pedir el embargo de este auto del cual tome conocimiento? O muy probablemente me rechacen el pedido mientras subsista la inhibición? En tal caso, tengo que levantar la inhibición para trabar el embargo? Se hace todo junto para evitar que el actor enajene el bien? Se hace en el registro automotor todo de una vez?
2) Una vez trabado el embargo, como se materializa él secuestro del vehículo? Confecciono el mandamiento de secuestro, lo dejo a confronte, y necesariamente tengo que ir a la oficina de mandamientos para coordinar con el oficial día y hora o puede ir el solo? Me encuentro con él en el domicilio y localizado el auto llamo a una grúa?? Lo llevo a un lugar seguro hasta obtener fecha de subasta? Es así o como es el procedimiento?
Si nada de esto sale bien y no encuentro el auto donde yo pensaba, pese a ir con el oficial a secuestrarlo, vuelve el mandamiento de secuestro con resultado negativo? Y luego que hago?
3) pido oficio a fuerzas de seguridad para que circulen la orden de secuestro en algún control? Funciona? Para pedir esto si o si tengo que tener un mandamiento de secuestro previo con resultado negativo?
Perdón que me extienda pero tengo más dudas que certezas
gracias!!!!!!!!!!!!!!