astur escribió: ↑Mié, 03 Jul 2019, 13:10
Consulta, el oficio a la IGJ (que exige un formulario electronico) se debe pagar en el fuero laboral?
No tiene opcion de tramite gratuito la pagina del IGJ. (por lo menos yo no la encuentro).
Hay que hacer el oficio normal, sellarlo en el juzgado y luego presentarlo en igj?'
O tiene otro tratamiento?
Gracias.
Veo que ya lo averiguaste. No te preocupes si no sabés algo. Yo tengo por costumbre preguntar en la mesa del Juzgado o Tribunal. Disculpame..., este oficio lo hace Uds. o no? no hay comunicación electrónica con la IGJ todavía no? ..ahhh ok entonces lo mando electrónico no como archivo o sí? o lo traigo en papel y me lo sellan? ok Gracias. Así. sin ningún problema ni verguenza. Hace poco los oficios al BCRA empezaron a ser electrónicos. o sea hace muy poco era en papel como siguen siendo para algunas entes públicos.
Por otro lado el trabajador cuenta con la gratuidad de los trámites inherentes al juicio o reclamo pero algunas entidades por resoluciones internas piden que se haga constar en el cuerpo del instrumento. no cuesta nada. Lo hacen porque los trámites solo son gratuitos para el trabajador NO para el empleador. Por eso en los oficio es conveniente consignar, cuando lo firma el abogado, que te dirigís en calidad de apoderado o patrocinante de parte ACTORA subrayando el término, que quede claro que el que solicita es el trabajador. se pega el art. que establece la gratuidad y punto.
Ya no escribo tantas pavadas aca, se entiende.