Buenas Tardes gente, les hago una consulta. Estoy tramitando un divorcio por voluntad conjunta y los cónyuges para economizar tasa quisieron resolver la liquidación de la sociedad conyugal y división de bienes con un acuerdo privado, con firma certificada en escribanía.- Todavía no hay sentencia, pero ellos quieren firmar con urgencia para que una de las partes se retire de la casa.
La pregunta es: ellos tienen 1 auto que es ganancial y esta inscripto en condominio 50% a titularidad de cada uno de ellos, se puede firmar el 08 y transferir a ese 50% a favor del esposo al que se le adjudica??
O en el registro me lo van a observar y me van a pedir que presente oficio ordenando la transferencia y testimonio de sentencia de divorcio???? En éste ultimo caso, igualmente es necesario que el esposo firme el 08, o con el oficio y el testimonio el registro procede sin necesidad de la presencia del transmitente?
Desde ya gracias al que tenga esto un poco más claro!!!!
La pregunta es: ellos tienen 1 auto que es ganancial y esta inscripto en condominio 50% a titularidad de cada uno de ellos, se puede firmar el 08 y transferir a ese 50% a favor del esposo al que se le adjudica??
O en el registro me lo van a observar y me van a pedir que presente oficio ordenando la transferencia y testimonio de sentencia de divorcio???? En éste ultimo caso, igualmente es necesario que el esposo firme el 08, o con el oficio y el testimonio el registro procede sin necesidad de la presencia del transmitente?
Desde ya gracias al que tenga esto un poco más claro!!!!