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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1249930  por Nancys
 
Buenos días, quisiera pedirles su ayuda en un caso que me llegó, a ver si interpretan lo mismo que yo.
Vino un Sr. que inició hace 10 años un reajuste con otro letrado que falleció el año pasado. El reajuste tiene sentencia firme y como anses no pagó en mayo de 2018 se presentó liquidación y se solicitó el embargo. El juzgado ofició al Banco Nacion para que embargue esas sumas y las transfiera a una cuenta que debia abrirse a la orden del juzgado.
En agosto de 2018 el abogado que era muy mayor fallece y el expediente queda sin novedades, y nadie lo sustituye. Por lo que pude ver el banco jamás acreditó haber cumplido con el embargo, ni informó al juzgado el numero de cuenta donde podria haber realizado el deposito.
Ahora se acerca a consultarme el jubilado porque en este mensual anses le abona junto con sus haberes previsionales, un retroactivo de sentencia e intereses sobre la misma, pero a su vez en otro rubro del recibo se lo descuenta por concepto de "embargo sobre retro de sentencia 616-000" e "Intereses sobre embargo de sentencia 616-050". Como resultado el jubilado no percibe ningún incremento importante, sino apenas unos $1300.
Revisé los expedientes de Anses y no tuvo un 024- 20- xxxxxxx-x -150-1, ni 024-20-xxxxxxx-x-153-1...no aparece nada.

Yo interpreto que le descuentan las sumas que podrian estar embargadas y depositadas en la cuenta del juzgado, pero no me consta que sea así...que les parece?
El banco nación informa si existe la cuenta judicial y el saldo? O hay que solicitarlo en el expediente?
Por otra parte, suponiendo que los fondos esten embargados y a la orden del juzgado...como los liberó? Hay que volver a practicar liquidación y darle traslado al ANSES o como se haría?
Perdón la ignorancia pero no he embargado nunca. Muchas gracias a quien me pueda orientar!!
 #1249931  por lucky
 
Si ANSES le descuenta del retro lo embargado, es porque supuestamente debe haber un embargo.
Si hay embargo es lógico el descuento. No creo que le descuenten sin motivo.
Pedí saldo en el Banco Nación, y después se ve. Al ser seguridad social te lo van a dar.
 #1249957  por drany
 
Conforme mi experiencia, el Banco Nación, Suc. Tribunales nunca acredita en autos el cumplimiento de la medida. Tenés que ir al Nación , Tribunales invocando los autos, quizá número de expediente y solicitar el saldo.-
Si ANSES está notificado del auto aprobatorio de la liquidación practicada en autos, ANSES debe limitarse a cumplir la manda judicial reajustando el haber conforme la misma y poniendo al pago el retroactivo correspondiente
En tu lugar, practicaría nueva liquidación denunciando en el Juzgado las sumas indebidamente descontadas por ANSES, imputándolas a la deuda que el organismo mantiene con el jubilado . No se si soy clara. Fijate. Suerte
 #1250002  por Nancys
 
gracias a los dos por sus respuestas! Voy a pedir el saldo en el banco, y en caso que haya fondos depositados por embargo como seguiría para que se los abonen?
Porque la liquidación ya la habia practicado el abogado que falleció y con eso habrían embargado... ahora si se confirma que hay dinero en la cuenta, puedo presentar el recibo de haberes de este mes donde surge que le descuentan las sumas embargadas y ya con eso pedir que le libren giro? o como es? gracias
 #1250019  por lucky
 
Es muy difícil dar una opinión sin saber las cifras de lo embargado y lo que le están descontando.
Pero podés comparar el importe del saldo que te dé el BNA con el del oficio de traba del embargo. Esas dos cosas obviamente tienen que coincidir.
Entonces acompañás el saldo y pedís que lo giren a la cuenta del jubilado.
Una vez que cobre, calculá y liquidá los intereses devengados entre la fecha de la liquidación que fue aprobada y la fecha en que el embargo se hizo efectivo. Ahí habrá que analizar si Anses le pagó administrativamente para comparar y ver si estuvo bien liquidado.
 #1250049  por Nancys
 
Muchisimas gracias lucky! Disculpá tantas preguntas pero nunca me tocó un caso así.
Hoy pedi el saldo en el Banco y lo descontado en concepto de "embargo s/ retro de sentencia 616-000" es exactamente la suma que se embargó ($54.158 de capital + $4.170 para responder a intereses) y que esta depositada en la cuenta judicial. Son en total $58.328 .-
En el recibo de haberes, a su vez le descuentan $29.036 en concepto de " intereses sobre embargo judicial 616-050"...eso es correcto? O debería hacer un reclamo?
La liquidación se aprobó el 15/03/2018 y se libró oficio al Banco el 15/05 y éste cumplió con el embargo el 24/05/2018.-
 #1250118  por lucky
 
El descuento en concepto de "intereses sobre embargo judicial" lo vi hace poco en una circular que reglamentaba el tema. Ahora no la encuentro. Desconozco el objeto de ese descuento.
 #1250671  por drany
 
Y si. Yo trabé muchos embargos y jamás me pasó lo que comenta el/ la consultante. Si la sentencia ordena el reajuste de haber y pago de retroactivo, ANSES tiene que limitarse a cumplir la manda judicial. Si no lo hace, entiendo que se trataría de una retención indebida. A menos que conforme liquidación practicada por el organismo ,el expediente 150 , no arroje diferencias a favor del beneficiario en cuyo caso la resolución de tal expediente resulta desfavorable. Pediría la liquidación confeccionada por ANSES a efectos de impugnarla si es que resulta procedente. Suerte