Buenos días, quisiera pedirles su ayuda en un caso que me llegó, a ver si interpretan lo mismo que yo.
Vino un Sr. que inició hace 10 años un reajuste con otro letrado que falleció el año pasado. El reajuste tiene sentencia firme y como anses no pagó en mayo de 2018 se presentó liquidación y se solicitó el embargo. El juzgado ofició al Banco Nacion para que embargue esas sumas y las transfiera a una cuenta que debia abrirse a la orden del juzgado.
En agosto de 2018 el abogado que era muy mayor fallece y el expediente queda sin novedades, y nadie lo sustituye. Por lo que pude ver el banco jamás acreditó haber cumplido con el embargo, ni informó al juzgado el numero de cuenta donde podria haber realizado el deposito.
Ahora se acerca a consultarme el jubilado porque en este mensual anses le abona junto con sus haberes previsionales, un retroactivo de sentencia e intereses sobre la misma, pero a su vez en otro rubro del recibo se lo descuenta por concepto de "embargo sobre retro de sentencia 616-000" e "Intereses sobre embargo de sentencia 616-050". Como resultado el jubilado no percibe ningún incremento importante, sino apenas unos $1300.
Revisé los expedientes de Anses y no tuvo un 024- 20- xxxxxxx-x -150-1, ni 024-20-xxxxxxx-x-153-1...no aparece nada.
Yo interpreto que le descuentan las sumas que podrian estar embargadas y depositadas en la cuenta del juzgado, pero no me consta que sea así...que les parece?
El banco nación informa si existe la cuenta judicial y el saldo? O hay que solicitarlo en el expediente?
Por otra parte, suponiendo que los fondos esten embargados y a la orden del juzgado...como los liberó? Hay que volver a practicar liquidación y darle traslado al ANSES o como se haría?
Perdón la ignorancia pero no he embargado nunca. Muchas gracias a quien me pueda orientar!!
Vino un Sr. que inició hace 10 años un reajuste con otro letrado que falleció el año pasado. El reajuste tiene sentencia firme y como anses no pagó en mayo de 2018 se presentó liquidación y se solicitó el embargo. El juzgado ofició al Banco Nacion para que embargue esas sumas y las transfiera a una cuenta que debia abrirse a la orden del juzgado.
En agosto de 2018 el abogado que era muy mayor fallece y el expediente queda sin novedades, y nadie lo sustituye. Por lo que pude ver el banco jamás acreditó haber cumplido con el embargo, ni informó al juzgado el numero de cuenta donde podria haber realizado el deposito.
Ahora se acerca a consultarme el jubilado porque en este mensual anses le abona junto con sus haberes previsionales, un retroactivo de sentencia e intereses sobre la misma, pero a su vez en otro rubro del recibo se lo descuenta por concepto de "embargo sobre retro de sentencia 616-000" e "Intereses sobre embargo de sentencia 616-050". Como resultado el jubilado no percibe ningún incremento importante, sino apenas unos $1300.
Revisé los expedientes de Anses y no tuvo un 024- 20- xxxxxxx-x -150-1, ni 024-20-xxxxxxx-x-153-1...no aparece nada.
Yo interpreto que le descuentan las sumas que podrian estar embargadas y depositadas en la cuenta del juzgado, pero no me consta que sea así...que les parece?
El banco nación informa si existe la cuenta judicial y el saldo? O hay que solicitarlo en el expediente?
Por otra parte, suponiendo que los fondos esten embargados y a la orden del juzgado...como los liberó? Hay que volver a practicar liquidación y darle traslado al ANSES o como se haría?
Perdón la ignorancia pero no he embargado nunca. Muchas gracias a quien me pueda orientar!!