RomiA escribió: ↑Jue, 23 Abr 2020, 16:43
Feli, muchas gracias por tu respuesta!!!
Respecto a excepciones de prescripcion u otra, el plazo ya venció porque ya le notificaron la demanda hace años y no se presentó... así que eso no sería viable, no?
Mi cliente me dio mas información, ya figura en el registro automotor la denuncia de venta y esta registración de venta es incluso anterior a que se inicie la demanda. Lo de la caducidad es bueno, pero aún así mi cliente incurriría en los gastos por mis honorarios, bono, etc. Y no me parece bien presentarme si realmente no hace falta.
Mi consulta es que pasa si simplemente no hace nada, como le dijo el abogado del fisco (al ver la constancia de que figura la denuncia de venta en el registro)... va a saltar que ya lo había vendido o lo van a terminar ejecutando a el?
Hola, mira..yo trabajo para el estado haciendo esto...te resumo el proceso...asi lo ponemos en claro...se inicia la demanda...se da traslaso a la otra parte mediante mandamiento de intimacion de pago embargo y remate...una vez que se notifica...se pide sentencia!!si no se pidio sentencia y solo quedo con traslado de demanda o libramamiento de mandamiento sin ningun otro movimiento posterior esta claramente en caducidad!!si el mandamiento se notifico positivamente desde que se encuentra notificado tiene 5 dias para oponer exepciones..ya sea de prescripcion, inhabilidad de titulo, etc...pero no es el caso por lo que me decis...entonces como lo mencionas no te queda otra que pedir la caducidad..sino el unico deudar es el verdadero titular, el demandado...la denuncia de venta solo te libera de otras cosas..no te tus obligaciones fiscales..no es oponible en un juicio ejecutivo, ni tampoco esta comprendida dentro de las excepciones.-
Los gstos los va a tener igual, incluso la deuda y un futuro embargo seria a tu cliente, ya que el es el titular, no la persona que realmente tiene el vehiculo; esto es una concecuencia de vender vehiculos sin la tranferencia.-
con respecto a la cedula tendrias que ver que se esta tratando de notificar...si la sentencia o que tipo de providencia...si solo estas con traslado de demanda o libramiento de mandamiento, presentate espontaneamente y pedi la prescripcion total o parcial segun corresponda y subsidiariamente la caducidad de intancia y regulacion de honorarios, le va a salir mas barato pagarte a vos que lo ejecuten a el....