Buenas tardes colegas, los consulto por lo siguiente. Voy a iniciar un divorcio por presentación conjunta y si bien hay un departamento adquirido durante el matrimonio, y su presunción es ganancial, figura en la escritura que el cónyuge de mi cliente concurre a la escrituración al sólo efecto de certificar el origen propio de los fondos de mi cliente que invierte en la compra del inmueble.
Ahora bien, entiendo que la redacción de la escritura es correcta y el bien es propio, pero todavía no fue inscripto en el RPI y ahora quieren divorciarse. Mi duda es si debo denunciar el bien en la demanda de divorcio y por ende pagar tasa de justicia; o bien, al no ser un bien ganancial sólo indicar que los cónyuges no tienen bienes en común.
Agradezco los comentarios.
Saludos
Ahora bien, entiendo que la redacción de la escritura es correcta y el bien es propio, pero todavía no fue inscripto en el RPI y ahora quieren divorciarse. Mi duda es si debo denunciar el bien en la demanda de divorcio y por ende pagar tasa de justicia; o bien, al no ser un bien ganancial sólo indicar que los cónyuges no tienen bienes en común.
Agradezco los comentarios.
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