Hola a todos! Presente hace unos días un divorcio de común acuerdo (214 inc. 2 trámite del 215) en la provincia de bs as (san martin)
El tema es el siguiente en el escrito de inicio se me paso hacer referencia a los hijos, ya que la mayoria eran mayores de edad.
En el primer auto el juez especifica que se va a obviar el tramite previo y también la designación de audiencia alguna entre otras cosas "porque no hay hijos"
Pero resulta que si los hay y que uno de ellos es menor de edad - tiene 18 años -
Yo pense en hacer un escrito aclaratoria diciendo que hay hijos, y que todos son mayores d 21 menos uno que tiene 18, pero que la resolución no debe modificarse atento que no hay desaveniencias alguna en relación a la tenencia, las visitas y el régimen de alimentos. Pero me dijeron que igual lo pueden pasar al asesor de menores y fijar audiencias ¿esto es así???????? Alguien sabe como podría evitarlo?
Gracias
Iris
El tema es el siguiente en el escrito de inicio se me paso hacer referencia a los hijos, ya que la mayoria eran mayores de edad.
En el primer auto el juez especifica que se va a obviar el tramite previo y también la designación de audiencia alguna entre otras cosas "porque no hay hijos"
Pero resulta que si los hay y que uno de ellos es menor de edad - tiene 18 años -
Yo pense en hacer un escrito aclaratoria diciendo que hay hijos, y que todos son mayores d 21 menos uno que tiene 18, pero que la resolución no debe modificarse atento que no hay desaveniencias alguna en relación a la tenencia, las visitas y el régimen de alimentos. Pero me dijeron que igual lo pueden pasar al asesor de menores y fijar audiencias ¿esto es así???????? Alguien sabe como podría evitarlo?
Gracias
Iris
Última edición por Iris el Mié, 12 Mar 2008, 17:39, editado 1 vez en total.