Consulta, el caso es el siguiente, viuda con mucha diferencia de edad con el causante.
Le otorgan la pension, pero nunca llego a cobrarla, porque la dieron de baja en forma precaucional.
Se formo un expediente 719 para sanear el error, que nunca pude verlo, por la cuarentena.
Realizado el reclamo, por Atencion Virtual, despues de requerir documentacion, anses informa:
EN BASE A LA DOCUMENTaCION PRESENTADA, NO PODEMOS PROCEDER CON EL RECLAMO.
La pregunta es:
a) con esa respuesta, estaria terminada la via administrativa y expedita la judicial?
b) En caso de que tenga abierta la via judicial, que accion es mas viable: 1) Amparo? o 2) inicio de pension?
Gracias,
Le otorgan la pension, pero nunca llego a cobrarla, porque la dieron de baja en forma precaucional.
Se formo un expediente 719 para sanear el error, que nunca pude verlo, por la cuarentena.
Realizado el reclamo, por Atencion Virtual, despues de requerir documentacion, anses informa:
EN BASE A LA DOCUMENTaCION PRESENTADA, NO PODEMOS PROCEDER CON EL RECLAMO.
La pregunta es:
a) con esa respuesta, estaria terminada la via administrativa y expedita la judicial?
b) En caso de que tenga abierta la via judicial, que accion es mas viable: 1) Amparo? o 2) inicio de pension?
Gracias,