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  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1260407  por zaza
 
Buenas tardes mi consulta es la siguiente : mi cliente abono por años el monotributo social ... pero no hizo impresion de factura o mejor dicho simplemente fue pagando la cuota .... tal como era al principio cuando salio ...pero sabemos que hoy en dia piden pruebas de la actividad ... alguien me podria decir que tipo de prueba debo presentar .. o como hacer para que sea viable los aportes desde ya muchas gracias
 #1260574  por zaza
 
MARIO1943 escribió: Vie, 11 Sep 2020, 19:44 CUAL ES LA ACTIVIDAD?
estuve aveiguando bien en afip act F883 - 960990 servicio personal NCP
como que no tiene una actividad especifica .( esta actividad la anotaron en buenestar social , la señora comentó lo que hacia y ellos la inscribieron )
ellla me comenta que trabajaba de servicio domestico en distintas casas pero pocas horas en cada una . ( mucho no me cierra el tipo de actividad con la inscripción .
No se como hacer
 #1260576  por hernanlawyer
 
Hola, estaban pidiendo aporten pruebas extras, facturacion, comprobantes para probar la actividad productiva de los efectores sociales..... realmente es un dolor de cabeza el MT social
 #1260577  por zaza
 
hernanlawyer escribió: Mar, 15 Sep 2020, 13:53 Hola, estaban pidiendo aporten pruebas extras, facturacion, comprobantes para probar la actividad productiva de los efectores sociales..... realmente es un dolor de cabeza el MT social
siiiii totalmente un dolor de cabeza es que por un tiempo largo no pedian pruebas ... lo mismo va a pasar con el promovido hay que avisar que si se anotan que emitan aunque sea 5 o 4 facturas factura por mes , porque va a pasar lo mismo con el tiempo con el promovido .
 #1260578  por MARIO1943
 
LLEGADO EL CASO QUE NO LA QUIERAN RECONOCER, TIENE QUE ARGUMENTAR QUE ELLA EJERCE LA ACTIVIDAD DE COSTURERA , QUE MUCHA COSTURA NO HACIA , HABIA MESES QUE NO HACIA COSTURA, POR ESO NO FACTURABA, Y O MANTENIA PARA TENER COBERTURA MEDICA Y TENER LOS APORTES CORRESPONDIENTE PARA SU JUBILACION ,POR OTRO LADO LA LEY D E MONOT, SOCIAL, NO EXIGE PRUEBA AL RESPECTO , SOLO QUE TENGA UNA ACTIVIDAD Y SI LA INSCRIBIERON ES PORQUE REUNIA TODOS LOS REQUISITOS NECESARIOS Y CUMPLIA MENSUALMENTE CON LOS APORTES CORRESPONDIENTES, TE DIGO COSTURERA PORQUE HAY UNA RESOLUCION DE LA CARSS DONDE DICE QUE LA ACTIVIDAD COSTURERA(AUTONOMO RECONOCIMIENTO DE SERVICIO) NO NECESITAN PRUEBAS,

RESOLUCION D E LA CARSS 50138-13 RECO DE SERV. COMO COSTURERA SIN JUSTIFICACION D E PRUEBAS

Bs. As., 2/5/13

CONSIDERANDO:

Que resulta formalmente procedente el tratamiento del recurso de revisión interpuesto.

Que la titular de los presentes actuados solicitó reconocimiento de los servicios autónomos denunciados mediante la determinación de la deuda autónoma SICAM agregada a fs. 9/24.

Que la Unidad de Origen desestimó la solicitud de reconocimiento de los servicios con fundamento en la Resol. 555/2010 señalando que a fin de poder dar curso al mismo debió haber incorporado documental respaldatoria de las labores independientes.

Que contra dicha resolución se presenta la parte y viene a interponer formal recurso de revisión en esta instancia.

Que analizada la causa, se concluye que procede hacer lugar al recurso interpuesto.

Que en principio, cabe señalar la norma contenida en la Resol. 555/2010 en lo relativo al reconocimiento de servicios, punto 5 del apartado VI del ANEXO, en tanto dispone que "a) Para hacer valer un Reconocimiento de Servicios en otros regímenes provinciales o municipales que exijan requisitos de edad o servicios inferiores al régimen nacional (Resol. 1981/69 CNTA), ANSES debe solicitar las pruebas que acrediten dicha actividad (...)".

Que en el apartado IX Prueba de Actividades No Regladas, la misma norma efectúa una enumeración taxativa de pruebas documentales que pueden aportarse conforme lo expuesto en el párrafo que antecede a fin de que los servicios sean pasibles de ser reconocidos.

Que en el caso de autos, la actividad que se ha invocado y que se pretende acreditar en la calidad de trabajador autónomo es "307-Costureras".

Que para esa actividad, no se ha enunciado en el listado taxativo de pruebas que permiten acreditar actividades no regladas como la invocada por el interesado, alguna posible prueba documental o constancia de habilitación para ejercer la actividad o forma de registro indubitable de la misma.

Que asimismo es dable destacar que por tratarse de una actividad que por su modalidad de prestación, habitualmente se desempeña "informalmente", y en la medida en que el Organismo Impositivo o habilitante no exige inscripciones o registros algunos, resulta materialmente imposible para el interesado aportar elementos probatorios.

Que en este orden de ideas, y teniendo en cuenta que el interesado ha optado por cancelar en un único pago de contado la deuda reconocida, se estima procedente tener por acreditados los recaudos como para reconocer el lapso invocado.

Que por todo lo precedentemente expuesto, se revoca la resolución recurrida debiendo la Unidad de origen emitir un nuevo decisorio que se ajuste a los considerandos que ilustran la presente.

Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por las Resoluciones MTySS 456/99, MTE y FRH 553/00 y 61/02, SSS 76/99, 17/02 y DE-A 62/10, 270/2010 y 008/2011 ANSES.

Por ello,

LA COMISIÓN ADMINISTRATIVA
DE REVISIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:

ARTICULO 1º) Revocar la Resolución GRBC-B 145, de fecha 24/01/2012, emitida por la UDAI BERAZATEGUI, que desestimara el pedido de reconocimiento de servicios presentado por la Sra. JIMÉNEZ Lidia Ana, debiendo la dependencia de origen emitir un nuevo decisorio que se ajuste a los considerandos que ilustran la presente.

ARTICULO 2º) Regístrese, devuélvanse las actuaciones a la UDAI mencionada para su notificación a la interesada en los términos y condiciones establecidos por la Ley 24.463 y sus modificatorias Leyes 24.655 y 25.372 y demás efectos correspondientes. Cumplido, archívese. Dr. SEBASTIÁN EDUARDO RUSSO (Vocal). Dra. ALICIA HILDA ANNECCHINI (Presidente).
 #1260579  por hernanlawyer
 
zaza escribió: Mar, 15 Sep 2020, 14:15
hernanlawyer escribió: Mar, 15 Sep 2020, 13:53 Hola, estaban pidiendo aporten pruebas extras, facturacion, comprobantes para probar la actividad productiva de los efectores sociales..... realmente es un dolor de cabeza el MT social
siiiii totalmente un dolor de cabeza es que por un tiempo largo no pedian pruebas ... lo mismo va a pasar con el promovido hay que avisar que si se anotan que emitan aunque sea 5 o 4 facturas factura por mes , porque va a pasar lo mismo con el tiempo con el promovido .

El problema es que para mandar hacer facturas, en las imprentas les piden la inscripción de Ingresos Brutos…… roguemos que no pidan nada en ANSeS. Tuve un par de clientes que recibieron la notita de Arba, los invitaban a anotarse a IIBB :lol:
 #1260582  por MARIO1943
 
NCP, SIGINIFICA
Ésta sigla y/o abreviatura es: NO CLASIFICADO EN OTRA PARTE.: N.C.P. Se agrega para algunas actividades que no se especifica en el nomenclador, y para inscribirse en algunos servicios , ya que al haber tanta diversidad y variedad de actividades, no tienen otra manera de incluirlos más que agrupándolos de esa forma.
 #1260583  por zaza
 
MARIO1943 escribió:NCP, SIGINIFICA
Ésta sigla y/o abreviatura es: NO CLASIFICADO EN OTRA PARTE.: N.C.P. Se agrega para algunas actividades que no se especifica en el nomenclador, y para inscribirse en algunos servicios , ya que al haber tanta diversidad y variedad de actividades, no tienen otra manera de incluirlos más que agrupándolos de esa forma.
si tb lo lei eso tambien .. lo que si es un trabajo personalizado comprende y eso de costuras puede ser de arreglitos de ropa esta buenisimo lo que me pasastes

y desde ya muchisimas gracias y como siempre un lujo gracias !!!! ya veo el sol aca gracias !!!!
 #1260585  por MARIO1943
 
hernanlawyer escribió: Mar, 15 Sep 2020, 14:21
zaza escribió: Mar, 15 Sep 2020, 14:15
hernanlawyer escribió: Mar, 15 Sep 2020, 13:53 Hola, estaban pidiendo aporten pruebas extras, facturacion, comprobantes para probar la actividad productiva de los efectores sociales..... realmente es un dolor de cabeza el MT social
siiiii totalmente un dolor de cabeza es que por un tiempo largo no pedian pruebas ... lo mismo va a pasar con el promovido hay que avisar que si se anotan que emitan aunque sea 5 o 4 facturas factura por mes , porque va a pasar lo mismo con el tiempo con el promovido .

El problema es que para mandar hacer facturas, en las imprentas les piden la inscripción de Ingresos Brutos…… roguemos que no pidan nada en ANSeS. Tuve un par de clientes que recibieron la notita de Arba, los invitaban a anotarse a IIBB :lol:
NO VA MAS FACTURA EN IMPRENTA
la factura electrónica será obligatoria para todas categorías del Monotributo. Esto permitirá a la AFIP contar con información en tiempo real de las facturas emitidas y de las facturas recibidas por los contribuyentes.

Por este motivo, hay que adoptar precauciones para cumplir con el régimen y no sufrir la recategorización automática. Se deben vigilar las compras del negocio y los gastos personales, y anular las facturas erróneas con notas de crédito.

Los monotributistas deberán confeccionar sus facturas electrónicas mediante los siguientes procedimientos,

- El servicio Comprobantes en Línea, ingresando a la página de AFIP con clave fiscal.
 #1260586  por MARIO1943
 
zaza escribió: Mar, 15 Sep 2020, 14:43
MARIO1943 escribió:NCP, SIGINIFICA
Ésta sigla y/o abreviatura es: NO CLASIFICADO EN OTRA PARTE.: N.C.P. Se agrega para algunas actividades que no se especifica en el nomenclador, y para inscribirse en algunos servicios , ya que al haber tanta diversidad y variedad de actividades, no tienen otra manera de incluirlos más que agrupándolos de esa forma.
si tb lo lei eso tambien .. lo que si es un trabajo personalizado comprende y eso de costuras puede ser de arreglitos de ropa esta buenisimo lo que me pasastes

y desde ya muchisimas gracias y como siempre un lujo gracias !!!! ya veo el sol aca gracias !!!!
SI, POR ESO TE PEDI LA ACTIVIDAD QUE LA INSCRIBIERON Y PENSE SI ESTA INSCRIPTA COMO N.C.P, SE PUEDE DECIR QUE HACE COSTURA, DE LO CONTRARIO, TE IBA A DECIR QUE HICIERAS UN CAMBIO DE ACTIVIDAD COMO NCP Y AHI PODER DECIR QUE SE DEDICA A LA COSTURA, ASI QUE VINO JUSTO PARA ALEGAR SU ACTIVIDAD DE COSTURERA, NO PUEDE PERDER ESOS APORTES, SI ANSES SE MANTIENE EN ESA POSTURA DE PEDIR PRUEBAS H AY QUE RECURRIR LA CARSS, DE LO CONTRARIO HAY QUE HACER DEMANDA JUDICIAL, ES UN INVENTO DE ANSES QUE NO TIENE FUNDAMENTO, COMO MUCHO TE PUEDEN INTIMAR A FACTURAR , DE LO CONTRARIO PUEDEN DAR BAJA DE OFICIO, PERO LOS APORTADO ESTA, YO HE JUBILADO A PERSONAS CON MONOT SOCIAL, QUE JAMAS PAGARON EL 50% DE LA OBRA SOCIAL, CUANDO INICIE EL TRAMITE VIERON QUE NO APORTABAN , LE DIERON LA BAJA DE OFICIO Y LO JUBILARON PORQUE TENIA APORTADO POR EL GOBIERNO
EL 100% DE LA PARTE PREVISIONAL
 #1260589  por hernanlawyer
 
MARIO1943 escribió: Mar, 15 Sep 2020, 14:53
hernanlawyer escribió: Mar, 15 Sep 2020, 14:21
zaza escribió: Mar, 15 Sep 2020, 14:15
siiiii totalmente un dolor de cabeza es que por un tiempo largo no pedian pruebas ... lo mismo va a pasar con el promovido hay que avisar que si se anotan que emitan aunque sea 5 o 4 facturas factura por mes , porque va a pasar lo mismo con el tiempo con el promovido .

El problema es que para mandar hacer facturas, en las imprentas les piden la inscripción de Ingresos Brutos…… roguemos que no pidan nada en ANSeS. Tuve un par de clientes que recibieron la notita de Arba, los invitaban a anotarse a IIBB :lol:
NO VA MAS FACTURA EN IMPRENTA
la factura electrónica será obligatoria para todas categorías del Monotributo. Esto permitirá a la AFIP contar con información en tiempo real de las facturas emitidas y de las facturas recibidas por los contribuyentes.

Por este motivo, hay que adoptar precauciones para cumplir con el régimen y no sufrir la recategorización automática. Se deben vigilar las compras del negocio y los gastos personales, y anular las facturas erróneas con notas de crédito.

Los monotributistas deberán confeccionar sus facturas electrónicas mediante los siguientes procedimientos,

- El servicio Comprobantes en Línea, ingresando a la página de AFIP con clave fiscal.
Es verdad, muchas gracias Mario por la aclaración..
 #1260724  por zaza
 
MARIO1943 escribió: Mar, 15 Sep 2020, 15:13
zaza escribió: Mar, 15 Sep 2020, 14:43
MARIO1943 escribió:NCP, SIGINIFICA
Ésta sigla y/o abreviatura es: NO CLASIFICADO EN OTRA PARTE.: N.C.P. Se agrega para algunas actividades que no se especifica en el nomenclador, y para inscribirse en algunos servicios , ya que al haber tanta diversidad y variedad de actividades, no tienen otra manera de incluirlos más que agrupándolos de esa forma.
si tb lo lei eso tambien .. lo que si es un trabajo personalizado comprende y eso de costuras puede ser de arreglitos de ropa esta buenisimo lo que me pasastes

y desde ya muchisimas gracias y como siempre un lujo gracias !!!! ya veo el sol aca gracias !!!!
SI, POR ESO TE PEDI LA ACTIVIDAD QUE LA INSCRIBIERON Y PENSE SI ESTA INSCRIPTA COMO N.C.P, SE PUEDE DECIR QUE HACE COSTURA, DE LO CONTRARIO, TE IBA A DECIR QUE HICIERAS UN CAMBIO DE ACTIVIDAD COMO NCP Y AHI PODER DECIR QUE SE DEDICA A LA COSTURA, ASI QUE VINO JUSTO PARA ALEGAR SU ACTIVIDAD DE COSTURERA, NO PUEDE PERDER ESOS APORTES, SI ANSES SE MANTIENE EN ESA POSTURA DE PEDIR PRUEBAS H AY QUE RECURRIR LA CARSS, DE LO CONTRARIO HAY QUE HACER DEMANDA JUDICIAL, ES UN INVENTO DE ANSES QUE NO TIENE FUNDAMENTO, COMO MUCHO TE PUEDEN INTIMAR A FACTURAR , DE LO CONTRARIO PUEDEN DAR BAJA DE OFICIO, PERO LOS APORTADO ESTA, YO HE JUBILADO A PERSONAS CON MONOT SOCIAL, QUE JAMAS PAGARON EL 50% DE LA OBRA SOCIAL, CUANDO INICIE EL TRAMITE VIERON QUE NO APORTABAN , LE DIERON LA BAJA DE OFICIO Y LO JUBILARON PORQUE TENIA APORTADO POR EL GOBIERNO
EL 100% DE LA PARTE PREVISIONAL
Disculpa que te vuelva a molestar pero hable con la cliente y no quiere que la ponga como costurera ... dice que es algo de su consciencia y que no puede mentir .... lo que si me dijo por lo que hable con ella que trabajaba en servicio domenstico en el ultimo tiemo y que porsupuesto no corresponderia estar anotada como monotributo social ... Pero si me dijo que trabajó en distinas casas atendiendo o acompañando alguien como dama de compania ... a lo que me refiero atendio chicos si los padres salian o ayudaba alguna abuela que le traian los chicos o alguna persona mayor mientras hacian algun tramite ( con esto quiero aclarar que no hacia trabajo ni de suministrar medicación ) o jugaba a las cartas . Se me volvio la noche ... pense que lo tenia solucionado porfavor quiero tu opinion .
 #1260738  por MARIO1943
 
ESTO DICE LA CIRCULAR DE SDM
Clase III: Aquellos que prestaron servicios mayores a 6 horas semanales, quienes quedan encuadrados en la Ley N° 25.239 (estos trabajadores cumplen menos de 16 y más de 6 horas semanales).
DE NO SUPERAR LA 6 HS, SE TIENE QUE INSCRIBIR EN MONOTRIBUTO

ESTARIA BIEN SDM, PERO ACA TAMBIEN HAY QUE MENTIR, PARA NO ENCUADRAR EN LA LEY DE SDM .TIENE QUE TRABAJAR MENOS DE 6 HS SEMANALES
EL ARGUMENTO SERIA LO MISMO QUE LA COSTURERA , TRABAJA DE VEZ EN CUANDO , LA LLAMAN CUANDO LA NECESITAN Y EN TODOS LOS TRABAJOS NO SUPERA LAS 6 HORAS SEMANALES, LAS PRUEBAS SERIAN , LAS FAMILIAS QUE LA SOLICITAN, O MEJOR DICHO QUE SIRVAN DE TESTIGO