Una persona trabajó muchos años con el causante cobrándole alquileres de sus 20 inmuebles ubicados en CABA. Es más se ocupó hasta de la salud de esta persona. Hace unos meses murió el dueño de esos inmuebles quien era soltero y no tenia herederos solo una prima lejana. La idea del administrador iba a ser iniciar la usucapión del lugar dde. vivía él y de otra dde. vivía una cuñada. A los días se presentó una mujer, con la que el causante convivió un tiempo, el abogado y la policía en la casa de ambos consultantes y cada vez se fue complicando más. La conviviente amenazaba que iba a iniciar la sucesión y así lo hizo. Aclaro no convivió de manera continua y apareció cdo el dueño de las propiedades estaba por fallecer. La convivencia no se registró en el Reg Civ. Además denunció en un juzgado penal por usurpación a toda la gente que vivía en los inmuebles dde viven los consultantes, no está subdividido, son 4 departamentos tipo PH e inició la sucesión como conviviente. Presentó copia de historia clínica, fotos en la que aparecía con el causante parecería que anteriores cdo. recién lo conoció y alguna posterior, una nota de puño y letra donde quiere demostrar el vinculo afectivo, cédula verde de un automotor, contratos de locación viejos, actas de nacimiento y defunción de todos, etc. que las sustrajo de la casa del causante. También presentó CD de la hermana del causante fallecida y sin hijos y su cónyuge fallecido . Se presenta en la sucesión como conviviente en aparente matrimonio desde hace mas de 18 años lo q no es cierto estuvo al ppio, s/ dice el consultante y además dice q ella había hecho una denuncia x acoso y q apareció cdo se enteró que estaba x morir. Pide compensación económica, atribución de la vivienda y distribución de bienes invocando los arts. 523/4/5/6/7 y 2277 CCC Y 699 CPCC. Se dá Vista al Fiscal quien pide intervención herencias vacantes y vista a la Procuración. Se presenta la procuración y pide que se aparte a la conviviente del sucesorio y dice que ella debió haber denunciado la herencia vacante atento que solo la Procuración está legitimada para tramitar sucesiones vacantes y el Estado el único que puede recibir esos bienes (Art 236 CCC) y pide que se le entreguen los inmuebles y muebles en forma provisoria y que se designe curador. Se vuelve a presentar la q dice ser conviviente denunciando usurpación de algunos inmuebles y respecto de los consultantes denuncia que no están pagando alquileres. El juzgado resuelve q se la aparte del sucesorio. No conforme presentó una denuncia porque los inquilinos cambiaron la cerradura y q no le entregaron los ABL q dice el causante pagaba. Utimo paso APELO.Quienes viven en el inmueble querían hacer la usucapión pero el problema es esto ahora. Ellos viven hace más de 20 años en el inmueble y pagan los impuestos ABL, agua, etc tienen las boletas, no hay contrato de alquiler salvo 1 de ellas pero la conviviente no lo presentó solo lo citó. En el otro inmueble vive el cliente que es quien cobraba los alquileres de todos los inmuebles, pagaba los impuestos, cuidó, cremó y pagó la funeraria del causante. Creen que hay posibilidad q salga bien la usucapión en estas condiciones?? Aclaro que solo les interesan esos inmuebles. No sé si será posible iniciarlo únicamente respecto del inmueble donde viven ellos recuerden q no se subdividió q son distintos deptos. Si no querrian hacer una presentación conjunta con los vecinos que viven en los otros deptos . En caso que no fuera posible el administrador quien estuvo trabajando siempre en negro, quien cuidó al causante etc. (tiene como testigo una prima lejana del causante q vive en Mar del Plata) podría iniciar algún tipo de acción ¿?. Habría algún problema si denuncia alguien q el le administraba los bienes al causante?? Gracias! 
