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  • PAGO DE ANTIGUEDAD...??

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #125213  por Cincari
 
Hola a todos! vuelvo a aparecer con otra pregunta... Tengo una clienta que me consulto si durante los 30 años que trabajo le pagaron bien la antiguedad... el tema es q no sè como se fija el monto que se abona por antiguedad. :oops: Alguien puede explicar? Ella vuelve mañana y prometi tener una respuesta... me pueden ayudar?? Gracias!!!!

 #125220  por Maia
 
Antes que nada tenés que saber el cct que se aplica y después fijarte en el cct correspondiente como se calcula el % de antiguedad y verificar conjuntamente con los recibos de sueldo si está bien calculado o no. Sds!

 #125277  por Cincari
 
Maia escribió:Antes que nada tenés que saber el cct que se aplica y después fijarte en el cct correspondiente como se calcula el % de antiguedad y verificar conjuntamente con los recibos de sueldo si está bien calculado o no. Sds!
Muchas Gracias! Lo que se aplica en este caso (empleados de la Salud) serìa la CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJO Nº 122/75... Aca encontre la respuesta. Para quien lo necesite, pego ese articulo:

ARTICULO 10º: ESCALAFON: Al cumplir el primer año de antigüedad en el establecimiento, el trabajador incrementará su básico inicial, correspondiente a la categoría en que se desempeña en ese momento, en un 2%, al cumplir dos años se eleva al 4% y sucesivamente un 2% anual hasta su jubilación. El cambio de categoría, no afecta al escalafón por antigüedad, por lo tanto quien es promovido tendrá como remuneración el básico inicial de la nueva categoría más el porcentual que por su antigüedad en el establecimiento corresponde a esta categoría superior.

Muchas gracias por orientarme!!
 #125959  por virgi65
 
Me vino barbara la respuesta de Maia ya que tenia dudas sobre ello, ahora si no se pagaron correctamente, estas pueden reclamarse como diferencias salariales? y solo teniendo en cuenta la prescripcion puedo reclamat dos años para atras es asi??.

 #126341  por Maia
 
si es asi, tené en cuenta que inciden también en otros rubros, ya que te sube la remuneración habitual y entonces tendrías que reclamar por ej. la diferencia por no haber tomado en cuenta esa diferencia al momento de calcular el sac. Sds.!