Hola a todos, tengo una consulta, si alguien tuvo algún caso parecido
Inicié un juicio laboral en representación del trabajador, contra una empresa privada.
Al momento de denunciar domicilio, declaré dos domicilios, el social de la firma, ubicado en capital federal, y domicilio laboral (real) en la sucursal del interior.
El juzgado en el primer decreto hace lugar al demanda y corre traslado otorgando 30 días (tomando el domicilio real el de capital federal). Ante esto, aclaro al juzgado que el DOMICILIO REAL del demandado es en la sucursal y que éste es el domicilio donde deben practicarse las notificaciones.
Diligencié la cédula, sin embargo esperé el plazo de 30 días otorgado al domicilio en capital y no el de 10 días (como medida preventiva) y transcurrido ese plazo, el demandado no se presentó.
Solicité la declaración de rebeldía, que el juzgado proveyó y la notifiqué. Estando firme el decreto de rebeldía (tampoco se presentaron) solicité el embargo preventivo, que el juzgado me concedió inmediatamente.
Ahora bien, si bien aún no lo han hecho, estimo que una vez anoticiados de la medida cautelar, no dudarán en interponer recurso por nulidad de notificación de la demanda (ya que es lo único que les queda por hacer) .
Aquí viene la consulta.
Necesito jurisprudencia, o modelo de defensa de la notificación válida en el domicilio real denunciado (sucursal), ya que dicha notificación cumplió perfectamente con el principio de finalidad de la misma, ya que la empresa no puede negar que conoció sobre la existencia del juicio (dicha sucursal funciona perfectamente como unidad de gestión de negocios, tiene gerente, administración, clientela propia, etc).
Cualquier ayuda en cuanto a advertencias, jurisprudencia, modelo con defensas, etc, todo sirve,
les agradezco muchísimo la ayuda
Inicié un juicio laboral en representación del trabajador, contra una empresa privada.
Al momento de denunciar domicilio, declaré dos domicilios, el social de la firma, ubicado en capital federal, y domicilio laboral (real) en la sucursal del interior.
El juzgado en el primer decreto hace lugar al demanda y corre traslado otorgando 30 días (tomando el domicilio real el de capital federal). Ante esto, aclaro al juzgado que el DOMICILIO REAL del demandado es en la sucursal y que éste es el domicilio donde deben practicarse las notificaciones.
Diligencié la cédula, sin embargo esperé el plazo de 30 días otorgado al domicilio en capital y no el de 10 días (como medida preventiva) y transcurrido ese plazo, el demandado no se presentó.
Solicité la declaración de rebeldía, que el juzgado proveyó y la notifiqué. Estando firme el decreto de rebeldía (tampoco se presentaron) solicité el embargo preventivo, que el juzgado me concedió inmediatamente.
Ahora bien, si bien aún no lo han hecho, estimo que una vez anoticiados de la medida cautelar, no dudarán en interponer recurso por nulidad de notificación de la demanda (ya que es lo único que les queda por hacer) .
Aquí viene la consulta.
Necesito jurisprudencia, o modelo de defensa de la notificación válida en el domicilio real denunciado (sucursal), ya que dicha notificación cumplió perfectamente con el principio de finalidad de la misma, ya que la empresa no puede negar que conoció sobre la existencia del juicio (dicha sucursal funciona perfectamente como unidad de gestión de negocios, tiene gerente, administración, clientela propia, etc).
Cualquier ayuda en cuanto a advertencias, jurisprudencia, modelo con defensas, etc, todo sirve,
les agradezco muchísimo la ayuda