Hola, que tal? Les hago una consulta...una heredera quiere renunciar a la sucesión de su padre. La duda que tengo es si conviene hacerlo por escritura pública o se puede pedir audiencia a los fines de realizar el acta judicial conforme art. 2299 CCCN. Sería por ese medio la elaboración del acta?
También quería consultarles como es la regulación de honorarios en esos casos donde sólo uno se presenta a los fines de renunciar.
Gracoas!
También quería consultarles como es la regulación de honorarios en esos casos donde sólo uno se presenta a los fines de renunciar.
Gracoas!