En una demanda la cual aún no notifiqué, en el punto Prueba solicité se cite a varios testigos, cuando debí haber dicho "que ofrezco a esos testigos y que "asumo la carga de hacerlos comparecer", me ahorraría hacer las cedulas y que se sientan intimidados de ser citados por el juzgado.
Conforme al artículo 434 del CPCCN ¿hasta qué momento procesal puedo asumir la carga de hacerlos comparecer y evitar que sean citados por el juzgado?
Conforme al artículo 434 del CPCCN ¿hasta qué momento procesal puedo asumir la carga de hacerlos comparecer y evitar que sean citados por el juzgado?