Hola muchachos, a ver si alguien puede darme una idea respecto de esto. Estoy armando una demanda por Daños contra un banco por un préstamo mal otorgado, cargos inventados, intereses leoninos, denuncia impropia en el Veraz, etc.
En el rubro Daños se me presentó esta incógnita: la sra. consultaba una psiquiatra desde antes de este problema, por trastornos que ella tenía. A raíz de lo del banco, sus "disturbios mentales" se agravaron, debiendo aumentar la dosis de medicación y empeorando su situación, lo que afectó su vida negativamente. Estuve buscando y no encontré antecedentes de "daño psiquiátrico" (en estos casos siempre pido el daño psicológico), pero ¿cómo lo encuadro?
Si pido daño psicológico, pueden alegar que el problema es psiquiátrico y denegarlo; si pido daño psiquiátrico, ¿cómo lo articulo?
Podría pedir daño psicológico y gastos de tratamiento psiquiátrico, pero no estoy seguro acerca de cómo demostrar que la afección sea psiquiátrica o psicológica. Pensaba pedir ambas pericias, pero no sé cómo diferenciar cada una, porque hasta ahora nunca me pasó algo así.
Si pueden aportar algo, les agradezco como siempre.
tito
En el rubro Daños se me presentó esta incógnita: la sra. consultaba una psiquiatra desde antes de este problema, por trastornos que ella tenía. A raíz de lo del banco, sus "disturbios mentales" se agravaron, debiendo aumentar la dosis de medicación y empeorando su situación, lo que afectó su vida negativamente. Estuve buscando y no encontré antecedentes de "daño psiquiátrico" (en estos casos siempre pido el daño psicológico), pero ¿cómo lo encuadro?
Si pido daño psicológico, pueden alegar que el problema es psiquiátrico y denegarlo; si pido daño psiquiátrico, ¿cómo lo articulo?
Podría pedir daño psicológico y gastos de tratamiento psiquiátrico, pero no estoy seguro acerca de cómo demostrar que la afección sea psiquiátrica o psicológica. Pensaba pedir ambas pericias, pero no sé cómo diferenciar cada una, porque hasta ahora nunca me pasó algo así.
Si pueden aportar algo, les agradezco como siempre.
tito