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 #1275326  por Rosa16
 
No tengo experiencia en daños y perjuicios y no tengo a quien recurrir, mis amigas no hacen este tipo de tramites. Hace mas de 6 meses empleados una empresa de cobranzas me llamaron casi todos los días a los gritos reclamándome una deuda inexistente por una línea telefónica móvil de Personal que nunca contraté, dicen que son representantes de esta y así lo manifiestan en su pagina. Inicie mediacion contra Personal y contra la empresa de cobranzas y no hubo arreglo porque no acepté lo que me ofrecieron, era un monto con el que no compensaba la amargura, las molestias y los gastos que tuve.
Empecé a realizar la demanda por daños y perjuicios QUIERO DEMANDAR A LA EMPRESA TELEFONICA Y A LA EMPRESA DE COBRANZAS, SI O SI, NO A LOS QUE ME LLAMARON NI A LA PERSONA QUE USURPO MI IDENTIDAD Y/O FUERON SUS DIRECTIVOS Y/O EMPLEADOS QUE ME INVENTARON LA LINEA y tengo varias dudas y si alguno que entienda del tema me las pueda responder.

Directamente les pregunto a ustedes si me pueden responder las siguientes preguntas.

1) ¿La empresa personal es responsable directa articulo 1749 CCYCN? Me confundo porque si su responsabilidad es objetiva seria indirecta. ¿O puede ser directa e indirecta en mi caso?

2) ¿o es indirecta y directa la responsabilidad de los directivos o empleados de Personal que generaron la línea permitiendo que cualquier persona usurpara mi identidad y la de los directivos que le pidieron a la empresa de cobranzas que me reclamen la deuda inexistente?

3) ¿Si alguien llama a personal y se hace pasar por mi y pide una línea pospago y los empleados de la empresa no constatan si es cierta esa persona la responsabilidad de la empresa es INDIRECTA?

4) EN MI CASO LA EMPRESA PERSONAL puede tener responsabilidad directa e indrecta a la vez lo mismo que la empresa de cobranzas?

5) ¿LA EMPRESA DE COBRANZAS ES DEPENDIENTE DE LA EMPRESA PERSONAL y su responsabilidad es DIRECTA O INDIRECTA ya que directa seria la de sus empleados que me llamaban faltándome el respeto?

6) Estuve leyendo un articulo Responsabilidad civil directa y por el hecho de terceros. En el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, del Dr. Sagarna, Fernando Alfredo y me surgieron muchas dudas donde dice: "5. Acción contra el principal y/o contra el dependiente …EL ACTOR NO TENDRÁ OBLIGACIÓN DE ACCIONAR CONTRA EL DEPENDIENTE PARA RESPONSABILIZAR AL RESPONSABLE INDIRECTO, AUNQUE COMO MANIFESTÁRAMOS Y ES JURISPRUDENCIA UNIFORME, DEBERÁ DEMOSTRAR LA RESPONSABILIDAD CIVIL DEL RESPONSABLE DIRECTO PARA HACER RESPONSABLE AL INDIRECTO.
COMO NO PIENSO ACCIONAR CONTRA LAS PERSONAS DEPENDIENTES DE LA EMPRESA DE COBRANZAS porque no anoté sus nombres Y no pienso accionar contra la persona QUE USURPÓ MI IDENTIDAD QUE DESCONOZCO SI ES QUE FUE ASÍ O FUE PERSONAL QUE ME INVENTÓ LA LINEA, SI NO ACCIONO CONTRA LOS QUE ME LLAMARON Y LOS QUE INVENTARON LA LINEA ¿LA EMPRESA PERSONAL NO RESPONDERIA SI YO NO PRUEBO LA RESPONSABILIDAD DE LOS QUE ME LLAMARON QUE SON LOS DEPENDIENTES DE LA EMPRESA DE COBRANZAS QUE ÉSTA ES DEPENDIENTE DE LA EMPRESA PERSONAL? ¿es así?

7) Son aplicables en mi caso los siguientes artículos: 1716, 1717, 1749, 1751, 1753 y 1763?
 #1275331  por legalescom
 
Yo, en tu caso, hubiera arreglado en la mediación. Ahora, me parece, que querrías demandar a "fantasmas" y, como todos sabemos, los fantasmas no existen o, al menos, no tienen domicilio fijo, ni bienes con qué cobrarnos. Yo te diría, no pierdas el tiempo en causa propia y cuestionable, más te vale, invertirlo en demandas de tus clientes, que te van a redituar más, sin hacerte tanta mala sangre.
 #1275346  por ElExplorador
 
Típica respuesta de alguien que no sabe nada. Ella no te pregunto que debería haber hecho, tiro un caso, y el que sabe que lo responda, si no sabes no opines.

legalescom escribió: Sab, 19 Jun 2021, 08:33 Yo, en tu caso, hubiera arreglado en la mediación. Ahora, me parece, que querrías demandar a "fantasmas" y, como todos sabemos, los fantasmas no existen o, al menos, no tienen domicilio fijo, ni bienes con qué cobrarnos. Yo te diría, no pierdas el tiempo en causa propia y cuestionable, más te vale, invertirlo en demandas de tus clientes, que te van a redituar más, sin hacerte tanta mala sangre.
 #1275347  por ElExplorador
 
Rosa16 escribió: Sab, 19 Jun 2021, 01:39 dicen que son representantes de esta y así lo manifiestan en su pagina.

Empecé a realizar la demanda por daños y perjuicios QUIERO DEMANDAR A LA EMPRESA TELEFONICA Y A LA EMPRESA DE COBRANZAS, SI O SI, NO A LOS QUE ME LLAMARON NI A LA PERSONA QUE USURPO MI IDENTIDAD Y/O FUERON SUS DIRECTIVOS Y/O EMPLEADOS QUE ME INVENTARON LA LINEA y tengo varias dudas y si alguno que entienda del tema me las pueda responder.

Directamente les pregunto a ustedes si me pueden responder las siguientes preguntas.

1) ¿La empresa personal es responsable directa articulo 1749 CCYCN? Me confundo porque si su responsabilidad es objetiva seria indirecta. ¿O puede ser directa e indirecta en mi caso? SI CITASTE LA LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR, LA RESPONSABILIDAD ES DIRECTA...DIRECTA Y NO INDIRECTA, RESPONDEN DIRECTAMENTEARTICULO 40 bis: Daño directo. El daño directo es todo perjuicio o menoscabo al derecho del usuario o consumidor, susceptible de apreciación pecuniaria, ocasionado de manera inmediata sobre sus bienes o sobre su persona, como consecuencia de la acción u omisión del proveedor de bienes o del prestador de servicios.

2) ¿o es indirecta y directa la responsabilidad de los directivos o empleados de Personal que generaron la línea permitiendo que cualquier persona usurpara mi identidad y la de los directivos que le pidieron a la empresa de cobranzas que me reclamen la deuda inexistente? DIRECTA SI SE APLICAN LA LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR PERO NO SE DEMANDAN A LOS DIRECTORES NI EMPLEADOS, SINO A LA EMPRESA O EMPRESAS QUE RESPONDEN DIRECTAMENTE

3) ¿Si alguien llama a personal y se hace pasar por mi y pide una línea pospago y los empleados de la empresa no constatan si es cierta esa persona la responsabilidad de la empresa es INDIRECTA? ES DIRECTA LA RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA

4) EN MI CASO LA EMPRESA PERSONAL puede tener responsabilidad directa e indrecta a la vez lo mismo que la empresa de cobranzas? RESPONDEN DIRECTAMENTE

5) ¿LA EMPRESA DE COBRANZAS ES DEPENDIENTE DE LA EMPRESA PERSONAL y su responsabilidad es DIRECTA O INDIRECTA ya que directa seria la de sus empleados que me llamaban faltándome el respeto? SEA O NO SEA DEPENDIENTE RESPONDEN DIRECTAMENTE

6) Estuve leyendo un articulo Responsabilidad civil directa y por el hecho de terceros. En el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, del Dr. Sagarna, Fernando Alfredo y me surgieron muchas dudas donde dice: "5. Acción contra el principal y/o contra el dependiente …EL ACTOR NO TENDRÁ OBLIGACIÓN DE ACCIONAR CONTRA EL DEPENDIENTE PARA RESPONSABILIZAR AL RESPONSABLE INDIRECTO, AUNQUE COMO MANIFESTÁRAMOS Y ES JURISPRUDENCIA UNIFORME, DEBERÁ DEMOSTRAR LA RESPONSABILIDAD CIVIL DEL RESPONSABLE DIRECTO PARA HACER RESPONSABLE AL INDIRECTO.
COMO NO PIENSO ACCIONAR CONTRA LAS PERSONAS DEPENDIENTES DE LA EMPRESA DE COBRANZAS porque no anoté sus nombres Y no pienso accionar contra la persona QUE USURPÓ MI IDENTIDAD QUE DESCONOZCO SI ES QUE FUE ASÍ O FUE PERSONAL QUE ME INVENTÓ LA LINEA, SI NO ACCIONO CONTRA LOS QUE ME LLAMARON Y LOS QUE INVENTARON LA LINEA ¿LA EMPRESA PERSONAL NO RESPONDERIA SI YO NO PRUEBO LA RESPONSABILIDAD DE LOS QUE ME LLAMARON QUE SON LOS DEPENDIENTES DE LA EMPRESA DE COBRANZAS QUE ÉSTA ES DEPENDIENTE DE LA EMPRESA PERSONAL? ¿es así? ESO NO SE APLICA, REPONDEN SOLIDARIAMENTE, Y LA RESPONSABILIDAD ES DIRECTA

7) Son aplicables en mi caso los siguientes artículos: 1716, 1717, 1749, 1751, 1753 y 1763? COLOCALOS POR LAS DUDAS, PERO SI CITAS LA LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR LA RESPONSABILIDAD ES DIRECTA Y SOLIDARIA
 #1275350  por legalescom
 
Le respondo al "ElExplorador". Creo que si he intervenido, no en preguntar (nunca), sino, en responder las consultas de los letrados, unas 8.431 veces, algo debo saber, sino, sería un inconsciente total. ¿Por casa, como andamos, amigo Explorador, que accediste a este Portal, el mismo año que yo, en 1912, y sólo contás, con 477 participaciones?.
 #1275352  por ElExplorador
 
Tengo 477 mitad preguntas y mitad ayuda.
Vos en cambio tenes 8431 mensajes haciéndote el hermoso con estelapeludita, tu otro personaje.
legalescom escribió:Le respondo al "ElExplorador". Creo que si he intervenido, no en preguntar (nunca), sino, en responder las consultas de los letrados, unas 8.431 veces, algo debo saber, sino, sería un inconsciente total. ¿Por casa, como andamos, amigo Explorador, que accediste a este Portal, el mismo año que yo, en 1912, y sólo contás, con 477 participaciones?.
 #1275353  por ElExplorador
 
A la única persona que tenes dialogo es con estelapeludita, con los demás ni dialogo ni respeto.
ElExplorador escribió:Tengo 477 mitad preguntas y mitad ayuda.
Vos en cambio tenes 8431 mensajes haciéndote el hermoso con estelapeludita, tu otro personaje.
legalescom escribió:Le respondo al "ElExplorador". Creo que si he intervenido, no en preguntar (nunca), sino, en responder las consultas de los letrados, unas 8.431 veces, algo debo saber, sino, sería un inconsciente total. ¿Por casa, como andamos, amigo Explorador, que accediste a este Portal, el mismo año que yo, en 1912, y sólo contás, con 477 participaciones?.
 #1275354  por ElExplorador
 
Sos un ser patético, hay que estar muy mal para estar asi desde siempre. La dueña de este sitio se lleno de plata con vos y nunca te dio un centavo, te trato como una basura, te deja participar, te borra y deja que vuelvas a hacer lo mismo, ella factura y vos sos un ciruja.
EstelaPeludita escribió: Sab, 19 Jun 2021, 03:50
 #1275355  por ElExplorador
 
Y vos sos una mal educada porque te ayude en varias oportunidades y nunca me agradeciste, ni gracias, solo agradeces a legales que siempre te dice cualquier cosa y una vez me faltaste el respeto. Espero que me pidas disculpas publicas si es que sos una persona de bien.
Rosa16 escribió: Sab, 19 Jun 2021, 01:39
 #1275693  por ElExplorador
 
UN EMPLEADO DE UNA EMPRESA TELEFONICA QUE ES DESPEDIDO QUIEN SUFRIO DAÑOS POR ALGUN ACCIDENTE ¿LA RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA ES INDIRECTA? NO, ES DIRECTA, SIN PERJUICIO DE QUE RESPONDEN INDIRECTAMENTE Y OBJETIVAMENTE POR SUS EMPLEADOS Y DIRECTORES (ART. 1753 Y 1763). SI TE ENCONTRAS UNA CUCARACHA EN UNA GASEOSA DE COCA COLA ¿QUIEN ES EL RESPONSABLE DIRECTO? COCA COLA ES RESPONSABLE DIRECTA Y ASIMISMO RESPONSABLE INDIRECTA POR LOS HECHOS DE SUS DEPENDIENTES Y SUS DIRECTORES.