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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1276078  por gringito2018
 
Estimados colegas ¡! Hago una consulta:
Una señora empleada domestica viene al estudio y me plantea que en el mes de mazo íntima con un abogado a su empleadora a que la registre debidamente bajo apercibimiento de considerarse despedida, ya que llevaba 5 años en negro, a esto su empleador le responde y niega todo, entonces esta señora vuelve con el abogado para confeccionar otro telegrama donde se comunicaba que se hacía efectivo apercibimiento y se consideraba despedida, pero el colega se mudó de provincia y a esta señora obviamente la despiden y deja pasar el tiempo hasta ayer que me realiza la consulta. ¿Mi pregunta es, que puedo hacer? ¿Confecciono un telegrama donde hago efectivo el apercibimiento del primer telegrama y se considera despedida reclamando las indemnizaciones de la 26.844 o reitero el primer telegrama? ¿O que puedo hacer? ¡Por favor ayuda!
 #1276149  por Morlokz
 
Cuando decís que fue despedida, fue despedida mediante carta documento? Si el despido fue verbal, hacé de cuenta que no pasó, volvé a intimar reiterando el tlc anterior, y fíjate de corregir todo lo que el otro colega haya omitido.

También podrías simplemente darla por despedida, pero siendo tan simple mandar un telegrama reiterando, con eso te ahorras cualquier pero con respecto a la contemporaneidad de intimación y despido.