Buen dia colegas, el asunto es así, consulto dado que no estoy en el tema jubilaciones, tenemos un empelado que ya le salio la jubilación en julio, pero el tema es asi, en su momento NO lo intimamos un año antes tal como indica la ley y la LCt , todo fue hablo de palabra pro la confianza que le tenemos y nos tiene, ademas se le estuvo abonando como corresponde la totalidad del sueldo en tiempo y forma , estando exceptuado por la pandemia . El inicio los tramites en marzo saliendo la jubilación el 14 de julio, ahora bien nosotros, le solicitamos que nos envíe la renuncia a fin de darlo de baja en cargas sociales, afip ,a rt ,seguros de vida aporte de la uom, etc, y ahora nos dice que su abogada nos pde que intimidemos ya que no lo hicimos y que despues de esta intimación enviara la renuncia, esto es asi? como se debe proceder aqui? lo intimo de forma decorativa a pesar de que ya le haya salido la jubilación?? me parece incoherente e ilógico esto ultimo, los leo!! gracias!!
Ya esta, lo vas a tener que intimar.
Deberías haberlo intimado de inmediato y después que haga lo que quiera le decías que era una mera formalidad y que te obligaba la ley a hacerlo, pero vos cumplías y cuidabas tu laburo primero que nada.
El trámite jubilatorio lo iniciaste vos o tu colega?
Saludos.