HABRIA QUE VER LA RESOLUCION FINAL PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO
SI NO DECLARASTES PERIODOS DE SDM , COMO ESTA REFLEJADA LA RESERVA?
NO TODAS LAS UDAI ACEPTAN SDM CON DEUDA , PARA HACER RESERVA, POR LO QUE QUE COMENTA HERNAN
LO DETERMINO LA SUPERVISORA, SIN FUNDAMENTO ALGUNO
YO ANTES TENIA DOS CRITERIOS PARA HACER RESERVA, UNO CON MORATORIA 24476 Y LA OTRA POR LEY 26970
PERO DESDE QUE APARECIO LA PREV 11/62/2000, QUE ES LO ULTIMO ACTUALIZADO DE SDM, SOLO HAY UN SOLO CRITERIO PARA HACER RESERVA, NO ESPECIFICA SI ES LEY 24476 O 26970, SE PODRA HACER RESERVA DE PERIODOS DE SDM, SI LA MISMA NO FORMA PARTE DE LOS ULTIMOS 10 AÑOS PARA LA DETERMINACION DEL HABER JUBILATORIO
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2020 “Año del General Manuel Belgrano”
8. Habida cuenta que se han presentado solicitudes de beneficios en los que se pretende
renunciar a períodos trabajados en calidad de servicio doméstico, debe tenerse en cuenta
que se tratan de servicios prestados en relación de dependencia, por ende no resulta
procedente la renuncia de servicios en los términos del art. 1 de la Ley 25.321, asimismo y
ante la concurrencia de titulares que pretendan reservar los mismos (ya que no resultan
necesarios para la determinación del derecho) , la misma será procedente en tanto y en
cuanto el período no forme parte del que se emplea para el cálculo del haber en los términos
del Decreto Nº 679/95, reglamentario del artículo 24 inciso 2); o del Ingreso Base según las
normas contempladas en el Decreto 1120/94 reglamentario del artículo 97 inciso 1ª de la L ey
Nº 24.241. Asimismo dicha reserva se efectuará con código 971 en SICA.
9.